Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2016 (17/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 17 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

581053

Que, resulta pertinente autorizar la continuidad de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios al Por Mayor, fijar el plazo para su entrega, así como aprobar el formulario correspondiente, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, y; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, con la visación de la Sub Jefatura de Estadística; y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer, la continuidad de la ejecución de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios al Por Mayor, a nivel nacional, durante el año 2016, dirigida a las empresas y establecimientos que producen o comercializan bienes de origen nacional e importado de los sectores agropecuario, pesca y manufactura, la que estará a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), en la ciudad de Lima y Provincia Constitucional del Callao y, de las Oficinas Departamentales de Estadística e Informática (ODEI), en las otras ciudades. Artículo 2º.- Aprobar, los formularios de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios al Por Mayor, que forman parte de la presente Resolución. La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), mediante oficio, enviará los formularios a las empresas y establecimientos seleccionados, para ser diligenciados y remitidos al INEI. Artículo 3º.- Establecer, como plazo de entrega de los formularios debidamente diligenciados, entre los días 18 y 22 de cada mes. Artículo 4º.- Precisar, que las personas naturales y jurídicas obligadas a la presentación de la información, que incumplan con la devolución de los formularios debidamente diligenciados, en el plazo establecido en el artículo anterior, serán pasibles de las sanciones por incumplimiento en la entrega de la información estadística, conforme a lo dispuesto en los Arts. 87º, 89º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1356722-1

y sociales para producir las estadísticas oficiales del país; Que, en el marco de un constante proceso de actualización y mejoramiento de las estadísticas, desde el mes de enero de 2014, se elabora y difunde el Índice de Precios de Maquinaria y Equipo, con base diciembre 2013=100, lo que ha permitido la renovación de la canasta de productos y ponderaciones del indicador; Que, la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, órgano técnico normativo del Instituto Nacional de Estadística e Informática, solicita se prosiga captando en forma continua la información de precios a través de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios de Maquinaria y Equipo, dirigida a las empresas y establecimientos de Lima Metropolitana, que comercializan bienes de capital origen nacional e importado; Que, resulta pertinente autorizar la continuidad de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios de Maquinaria y Equipo, fijar el plazo para su entrega, así como aprobar el formulario correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001PCM, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, y; Estando a lo propuesto por la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, con la visación de la Sub Jefatura de Estadística; y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer, la continuidad de la ejecución de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios de Maquinaria y Equipo, durante el año 2016, dirigida a las empresas y establecimientos de Lima Metropolitana que comercializan bienes de capital de origen nacional e importado, la que estará a cargo de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), en la ciudad de Lima y Provincia Constitucional del Callao. Artículo 2º.- Aprobar, los formularios de la Encuesta Mensual de Información Básica para el Índice de Precios de Maquinaria y Equipo, que forman parte de la presente Resolución. La Dirección Técnica de Indicadores Económicos (DTIE), mediante oficio, enviará los formularios a las empresas y establecimientos seleccionados, para ser diligenciados y remitidos al INEI. Artículo 3º.- Establecer, como plazo de entrega de los formularios debidamente diligenciados, entre los días 18 y 22 de cada mes. Artículo 4º.- Precisar, que las personas naturales y jurídicas obligadas a la presentación de la información, que incumplan con la devolución de los formularios debidamente diligenciados, en el plazo establecido en el artículo anterior, serán pasibles de las sanciones por incumplimiento en la entrega de la información estadística, conforme lo dispuesto por los Arts. 87º, 89º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM. Regístrese y comuníquese. ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1356722-2

Disponen la continuidad de la ejecución de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios de Maquinaria y Equipo, dirigida a las empresas y establecimientos de Lima Metropolitana, durante el año 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 098-2016-INEI Lima, 14 de marzo de 2016 Visto, el Oficio Nº 058-2016-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando autorización para continuar con la ejecución de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Índice de Precios de Maquinaria y Equipo. CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática, establece que el INEI es el ente rector del Sistema Nacional de Estadística, cuyo ámbito de competencia, faculta la realización de tareas técnicas y científicas con fines de cuantificar los hechos económicos

Disponen la continuidad de la ejecución de la Encuesta Mensual de Información Básica para la elaboración del Indice de Precios de Materiales de Construcción, dirigida a las empresas y establecimientos de Lima Metropolitana, durante el año 2016.
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 099-2016-INEI Lima, 14 de marzo de 2016 Visto, el Oficio Nº 058-2016-INEI/DTIE, de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos, solicitando

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