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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2016 (17/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 6

580992 NORMAS LEGALES Jueves 17 de marzo de 2016 / El Peruano Que, en atención a lo planteado por la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego y en aplicación de la norma reglamentaria citada, corresponde modifi carse la limitación contenida en el literal a) del artículo 12 del Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi cación de la limitación considerada en el literal a) del artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnifi cado, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2006-AG, modifi cado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2014-MINAGRI Modifi car la limitación contenida en el literal a) del artículo 12 de Reglamento de la Ley N° 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnifi cado, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2006-AG, modifi cado por el Decreto Supremo N° 015-2014-MINAGRI, en el sentido que la exclusión del Programa de Riego Tecnifi cado, está referida a los proyectos cuyo costo unitario de inversión por hectárea, para los sistemas de riego tecnifi cado a nivel de parcela, exceda las ocho (08) UIT (Unidades Impositivas Tributarias). Artículo 2.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www. minagri.gob.pe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1356269-1 Dan por concluida encargatura y reincorporan a Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro - PROVRAEM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0114-2016-MINAGRI Lima, 14 de marzo de 2016 VISTO: El escrito de fecha 11 de marzo de 2016, presentado por el señor Ingeniero Orlando Fidel Sulca Castilla, quien solicita se ofi cialice su reincorporación al cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0042-2016-MINAGRI, de fecha 08 de febrero de 2016, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de febrero de 2016, se otorgó, a partir de esta última fecha, licencia sin goce de remuneraciones al señor Ingeniero Orlando Fidel Sulca Castilla, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, por el período de sesenta (60) días, para su participación en las Elecciones Generales convocadas para el día 10 de abril de 2016, mediante el Decreto Supremo N° 080-2015-PCM; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0043-2016-MINAGRI, de fecha 08 de febrero de 2016, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 10 de febrero de 2016, cuya Fe de Erratas se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 12 de febrero de 2016, se encargó al señor Yordan Américo Baldoceda Ponce, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, por licencia del titular, a partir del 10 de abril de 2016; Que, mediante el documento de Visto, el señor Ingeniero Orlando Fidel Sulca Castilla solicita se ofi cialice su reincorporación en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM; Que, en consecuencia, es necesario formalizar el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la encargatura conferida al señor Yordan Américo Baldoceda Ponce, actual Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, de las funciones de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Reincorporar, a partir de la fecha, al señor Ingeniero Orlando Fidel Sulca Castilla, en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial al Proyecto Especial Sierra Centro Sur, al Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro – PROVRAEM, a la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Riego, así como a los funcionarios antes mencionados, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1356269-2 Aceptan renuncia de Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0115-2016-MINAGRI Lima, 14 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0438-2013-MINAGRI, de fecha 12 de noviembre de 2013, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 13 de noviembre de 2013, se designó al señor Jorge Enrique Tello Coello, en el cargo de Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el referido funcionario ha formulado renuncia al indicado cargo, la misma que es necesario aceptar, mediante el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley N° 30048; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI;