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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2016 (17/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 13

580999 NORMAS LEGALES Jueves 17 de marzo de 2016 El Peruano / capacitación, lo que incluye las contrataciones necesarias a efecto de asegurar la operatividad y cumplimiento de las actividades relacionadas con el fortalecimiento de las capacidades pedagógicas docentes, y la implementación de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, que se desarrollen en el marco del Plan Nacional de Educación; para tal efecto el Ministerio de Educación queda autorizado a transferir fi nancieramente, a favor del citado organismo internacional, con cargo a su presupuesto, los recursos correspondientes para la ejecución de los acuerdos de asistencia técnica celebrados en el marco de lo establecido en el artículo bajo comentario. Dicha transferencia se aprueba mediante resolución del titular del Pliego Ministerio de Educación, la misma que se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, con fecha 24 de febrero de 2016, se fi rma el Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU entre la UNESCO y el Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el artículo 31 de la referida Ley Nº 30372, para desarrollar el “Proyecto de Fortalecimiento de la Formación Docente”, en adelante el Proyecto, el cual tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de las competencias profesionales y la calidad de los recursos pedagógicos de los docentes en la formación inicial y en servicio para mejorar la enseñanza y los logros de aprendizaje de los estudiantes de educación básica en el marco de la Política de Revalorización Docente. El costo total del Proyecto asciende a la suma US$ 9 541 076,00 (Nueve millones quinientos cuarenta y un mil setenta y seis y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en soles el cual asciende a la suma de S/ 33 062 690,66 (Treinta y tres millones sesenta y dos mil seiscientos noventa y 66/100 Soles) según lo establecido en Anexo C: Presupuesto por líneas presupuestarias del citado Acuerdo; Que, conforme se señala en el Resumen Ejecutivo del Proyecto, éste se implementará en estrecha coordinación con la Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Educación Básica Regular y la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto, quienes serán las encargadas de coordinar con la UNESCO: la ejecución del Proyecto, la defi nición de las especifi caciones técnicas de los requerimientos de los servicios a contratar y la conformidad de los productos, vigilando el cumplimiento de los compromisos establecidos en el Proyecto; Que, de conformidad con lo señalado en el Anexo E: Cronograma de desembolsos del citado Acuerdo, el Ministerio de Educación debe transferir a la UNESCO, el costo total del Proyecto mediante dos (02) desembolsos; el desembolso 1 por la suma de US$ 5 724 646,00 (cinco millones setecientos veinticuatro mil seiscientos cuarenta y seis y 00/100 Dólares Americanos), correspondiente al 60% del costo total, el mismo que debe ser desembolsado a la fi rma del Acuerdo; Que, mediante el Memorándum Nº 353-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEDD e Informe Nº 008-2016-MINEDU/VMGP- DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente, sustenta y solicita se efectúe una transferencia de recursos hasta por el monto de S/ 12 014 418,16 (Doce millones catorce mil cuatrocientos dieciocho y 16/100 Soles), para fi nanciar parcialmente el desembolso 1 del Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU; Que, asimismo, mediante el Memorando Nº 370-2016-MINEDU/VMGP/DIGEBR e Informe Nº 008-2016-VMGP-DIGEBR-NYP, la Dirección General de Educación Básica Regular sustenta y solicita una transferencia de recursos hasta por el monto de S/ 5 274 106,85 (Cinco millones doscientos setenta y cuatro mil ciento seis y 85/100 Soles), para fi nanciar parcialmente desembolso 1 del Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU; Que, adicionalmente, mediante el Informe Nº 007-2016-MINEDU/SPE-OPEP la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, sustenta y solicita una transferencia de recursos hasta por la suma de S/ 2 229 654,44 (Dos millones doscientos veintinueve mil seiscientos cincuenta y cuatro y 44/100 Soles), para fi nanciar parcialmente desembolso 1 del Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU; Que, a través del Informe Nº 133-2016-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Planifi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica emite opinión favorable a la Transferencia Financiera a efectuarse a favor de la UNESCO en el marco de lo establecido en el Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU y señala que en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para fi nanciar la citada Transferencia; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar una Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 19 518 179,00 (diecinueve millones quinientos dieciocho mil ciento setenta y nueve y 00/100 Soles), para fi nanciar el desembolso 1 del Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, hasta por la suma de S/ 19 518 179,00 (diecinueve millones quinientos dieciocho mil ciento setenta y nueve y 00/100 Soles), Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), para fi nanciar el desembolso 1 del Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU suscrito entre la UNESCO y el Ministerio de Educación, para desarrollar el “Proyecto de Fortalecimiento de la Formación Docente”. Artículo 2.- Los recursos de la Transferencia Financiera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- La Dirección General de Desarrollo Docente, la Dirección General de Educación Básica Regular y la Ofi cina de Planifi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto en el Acuerdo Nº 010-2016-MINEDU. Artículo 4.- Copia de la presente Resolución Ministerial se remite a la Ofi cina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1357115-2 Dejan sin efecto la R.M Nº 458-2012-ED, que designó a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 139-2016-MINEDU Lima, 16 de marzo de 2016 Visto, el Informe Nº 003-2016-MINEDU/VMGP- DIGESU/DICOPRO; y, el Informe Nº 180-2016-MINEDU/ SG-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29488 se creó la Universidad Nacional de Cañete, con domicilio en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, sobre la base de las sedes en dicha provincia de las