Norma Legal Oficial del día 17 de marzo del año 2016 (17/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Jueves 17 de marzo de 2016 /

El Peruano

Universidades Nacionales del Callao y José Faustino Sánchez Carrión; Que, el artículo 5 de la referida Ley, establece que el Poder Ejecutivo designa, mediante el Ministerio de Educación, a la Comisión Organizadora de dicha Universidad, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y la Ley Nº 26439, Ley de creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU); normas actualmente derogadas por la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 458-2012ED de fecha 27 de noviembre de 2012, se designó a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por Manuel Alejandro Borja Alcalde, Presidente; Indalecio Enrique Horna Zegarra, Vicepresidente Académico; y Reyna López de Montoya, Vicepresidente Administrativo; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220 establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, de acuerdo al literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por Ley; Que, en ese sentido resulta necesario dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 458-2012-ED; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29488, Ley que crea la Universidad Nacional de Cañete; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 458-2012-ED, que designó a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1357115-3

Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 033-2016-MINEDU Lima, 16 de marzo de 2016

multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante la Ley Nº 29488 se creó la Universidad Nacional de Cañete, con domicilio en el distrito de San Vicente, provincia de Cañete, departamento de Lima, sobre la base de las sedes en dicha provincia de las Universidades Nacionales del Callao y José Faustino Sánchez Carrión; Que, el artículo 5 de la referida Ley, establece que el Poder Ejecutivo designa, mediante el Ministerio de Educación, a la Comisión Organizadora de dicha Universidad, de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, y la Ley Nº 26439, Ley de creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades (CONAFU); normas actualmente derogadas por la Ley Nº 30220; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 458-2012ED de fecha 27 de noviembre de 2012, se designó a los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, integrada por Manuel Alejandro Borja Alcalde, Presidente; Indalecio Enrique Horna Zegarra, Vicepresidente Académico; y Reyna López de Montoya, Vicepresidente Administrativo; Que, el artículo 29 de la Ley Nº 30220 establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, a través del Informe Nº 003-2016-MINEDU/ VMGP-DIGESU/DICOPRO, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, señala que se ha visto por conveniente reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, proponiendo a tres personas que, de acuerdo con las entrevistas realizadas, y tomando en consideración su trayectoria sustentada en sus hojas de vida, cumplen con los requisitos para desempeñarse como miembros de dicha Comisión; Que, de acuerdo al literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por Ley; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29488, Ley que crea la Universidad Nacional de Cañete; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:

Visto, el Informe Nº 003-2016-MINEDU/VMGPDIGESU/DICOPRO, y el Informe Nº 180-2016-MINEDU/ SG-OGAJ; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad

Artículo 1.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, la misma que estará integrada por: - CARLOS EDUARDO VILLANUEVA AGUILAR, Presidente; - JOSE OCTAVIO RUIZ TEJADA, Vicepresidente Académico; y - EDWIN AGUSTIN VEGAS GALLO, Vicepresidente de Investigación.

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