Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2016 (24/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 5

581575 NORMAS LEGALES Jueves 24 de marzo de 2016 El Peruano / Que, siendo importante garantizar una adecuada representación del Perú, resulta necesario que la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, viaje a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, del 31 de marzo al 1 de abril de 2016, para participar en la reunión antes mencionada; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAB) N.° 365, del Despacho Ministerial, del 3 de marzo de 2016; y los Memoranda (DGM) N.° DGM0152/2016, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 25 de febrero de 2016; y (OPP) N.º OPP0381/2016, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 10 de marzo de 2016, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N.º 28807 y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 047-2002-PCM y sus modi fi catorias; y el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N.º 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Ministra de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, para participar del 31 de marzo al 1 abril de 2016, en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución; autorizándose su salida del país del 31 de marzo al 2 de abril de 2016. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase Económica US$Viáticos por día US$Nº de díasTotal Viáticos US$ Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos1 239,10 430,00 2+1 1 290,00 Artículo 3.- Encargar el Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la señora Diana Álvarez-Calderón Gallo, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, a partir del 31 de marzo de 2016, y en tanto dure la ausencia de la Titular. La señora Diana Álvarez-Calderón Gallo, Ministra de Estado en el Despacho de Cultura, estará a cargo del Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, los días 01 y 02 de abril de 2016; toda vez que mediante la Resolución Suprema N° 057-2016-PCM se autorizó el viaje al exterior del señor Pedro Álvaro Cateriano Bellido del 01 al 04 de abril de 2016 y se encargó el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros a la señora Ana María Liliana Sánchez Vargas de Ríos, Ministra de Relaciones Exteriores, a partir del 01 de abril de 2016, y en tanto dure la ausencia de su Titular. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1360376-1 AGRICUL TURA Y RIEGO Decreto Supremo que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI DECRETO SUPREMO Nº 003-2016-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, se aprobó la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, denominación que fue modi fi cada a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley N° 30048, Ley que modi fi ca el Decreto Legislativo 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura; Que, por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 004-2015-MINAGRI, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Ministerio de Agricultura y Riego, que contiene la estructura y funciones de los órganos y unidades orgánicas que lo conforman, los Programas y Proyectos Especiales que forman parte del Ministerio y los organismos públicos adscritos a este; Que, el penúltimo párrafo del numeral 7.1.7 del artículo 7 de la Directiva Nº 007-2015-CG/PROCAL denominada “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 163-2015-CG, establece las funciones del Órgano de Control Institucional - OCI y dispone que las funciones descritas en ese numeral deben incluirse en el Reglamento de Organización y Funciones de las entidades contándose con la opinión previa de la Contraloría General de la República; por lo que corresponde la modi fi cación del artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, que contiene las funciones de su Órgano de Control Institucional, adecuándolas a las descritas en el numeral 7.1.7 de la Directiva en mención, a cuyo efecto, mediante el O fi cio Nº 01118-2015-CG/DOCI, la Contraloría General de la República ha expresado conformidad a la propuesta de modi fi cación del mencionado artículo; Que, de otro lado, de acuerdo con la Recomendación N° 7 contenida en el Informe de Auditoría Nº 003-2015-2-0052, denominado Auditoría de Cumplimiento – Ministerio de Agricultura y Riego - “Programa de Financiamiento para la Promoción del Cultivo de Algodón y Desmotadoras”, período: 01 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2014, del Órgano de Control Institucional, es necesario considerar como nueva función de la Dirección General de Negocios Agrarios, el seguimiento a los fondos públicos de fi nanciamiento para el agro, proponiendo, de ser el caso, las medidas correctivas necesarias, por lo que corresponde la modi fi cación del literal u) del artículo 59 del Reglamento de Organización y Funciones del referido