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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2016 (24/03/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

581587 NORMAS LEGALES Jueves 24 de marzo de 2016 El Peruano / Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Pers Total US$ Pasajes aéreos US$ 2,879.00 2 5,758.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se re fi ere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1360376-4 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 DECRETO SUPREMO Nº 021-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2016; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372, las cuotas internacionales contenidas en el Anexo “B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016” podrán ser modi fi cadas, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de decreto supremo refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el referido Anexo B, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo – CLAD, por el monto ascendente a S/. 130 000,00 (ciento treinta mil y 00/100 nuevos soles); no obstante, por tal concepto correspondería cancelar el monto de S/. 142 000,00 (ciento cuarenta y dos mil y 00/100 nuevos soles), para cuyo efecto es necesario modi fi car dicho Anexo; Que, en tal sentido, luego de realizada la evaluación y priorización correspondientes, se estima pertinente modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego Presupuestario 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM; a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo – CLAD, incorporando las fl uctuaciones del tipo de cambio respecto al dólar americano señaladas en el Informe Nº 037-2016-PCM/OGAJ-LUA de la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros del 10 de febrero de 2016; En uso de las facultades conferidas en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y en el inciso 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2016 de la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 001: Presidencia del Consejo de Ministros – PCM, respecto del siguiente organismo internacional y monto: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (En nuevos soles)PERSONA JURÍDICA 001 PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROSS/. 142 000.00CENTRO LATINOAMERICANO DE ADMINISTRACIÓN PARA EL DESARROLLO – CLAD Artículo 2.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1360381-1 Designan Director Regional de la Oficina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Tacna, departamento de Tacna RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0245/RE-2016 Lima, 21 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N.° 020-2002-RE, se crean las O fi cinas Descentralizadas del Ministerio de Relaciones Exteriores como órganos que impulsarán la ejecución de la estrategia de desarrollo fronterizo del país, la inserción de las capacidades locales en la economía regional y mundial, y el aprovechamiento e fi ciente en las zonas concernidas de los acuerdos binacionales y regionales de integración y cooperación en los que participa el Perú, apoyando el proceso de descentralización del país; Que, por necesidad del Servicio, se requiere nombrar al Director Regional de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Tacna, departamento de Tacna; De conformidad con la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003/RE y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo Nº 020-2002-RE; el Decreto Supremo N° 181-2002-EF; la Resolución Ministerial N° 0579-2002-RE y sus modi fi catorias SE RESUELVE: Artículo 1. Designar al Consejero en el Servicio Diplomático de la República Augusto Martín Galarza Cuba, Director Regional de la O fi cina Desconcentrada del Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Tacna, departamento de Tacna, a partir del 1 de abril de 2016.