Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2016 (30/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Miércoles 30 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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Nacional de Planeamiento Estratégico se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­CEPLAN, como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-PCM se aprobó la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, señalándose como primer pilar central de la política de modernización de la gestión pública al Planeamiento Estratégico, orientado a una actuación coherente y eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 054-2011PCM, que aprobó el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional denominado ­ PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021, dispone que las entidades conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico ajustarán sus Planes Estratégicos a los objetivos estratégicos de desarrollo nacional previstos en el Plan Estratégico de Desarrollo nacional denominado PLAN BICENTENARIO: El Perú hacia el 2021; Que, el numeral 71.1 del artículo 71 de la Ley 28411, del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que las entidades, para la elaboración de sus Planes Operativos Institucionales y Presupuestos Institucionales, deben tomar en cuenta su Plan Estratégico Institucional (PEI), el cual debe ser concordante con el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional (PEDN) y los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); Que, con Resolución Ministerial N° 0301-2014-MINAGRI de fecha 21 de mayo de 2014 se aprobó, en vía de regularización, el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2012 ­ 2016 del Ministerio de Agricultura y Riego, por lo que resulta pertinente su actualización para el período 2016 ­ 2018; Que, por Resolución Ministerial N° 0489-2015-MINAGRI se creó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura ­ Pliego 013, de naturaleza temporal, denominada "Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Agricultura y Riego ­ PEI 2016 ­ 2018" y el Grupo de Trabajo denominado "Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico Institucional y del Ministerio de Agricultura y Riego", para la formulación del PEI de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 7 y 8 de la referida Directiva N° 001 - 2014 - CEPLAN, funciones que culminan una vez aprobado el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2016-2018 del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Pliego 013; Que, de conformidad con los artículos 26 y 28 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta de Plan Estratégico Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego, elaborado y acordado por la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional antes mencionada, siguiendo la metodología establecida en la citada Directiva N° 001-2014-CEPLAN, cuya conformidad esta expresada en el Informe Técnico N° 006-2016-CEPLAN/DNC-FI, Centro Nacional de Planeamiento Estratégico ­ CEPLAN, remitido con el Oficio N° 066-2016-CEPLAN/DNCP; Que, el Plan Estratégico Institucional 2016-2018 del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Pliego 013, se ha formulado de acuerdo a la nueva estructura orgánica del Ministerio establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobada por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, articulado con el Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM 2015 - 2021 del Sector Agricultura y Riego, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0461-2015-MINAGRI; Que, dada la importancia del PEI 2016 ­ 2018 como instrumento de gestión para el sector Agricultura y Riego, es necesario proceder a su aprobación; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo

N° 008-2014-MINAGRI y el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; y, la Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico ­ Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, aprobada mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/ PCD; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Plan Estratégico Institucional PEI 2016 -2018 del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Pliego 013 Aprobar el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2016 ­ 2018 del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Pliego 013, el mismo que en Anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial N° 0301-2014-MINAGRI, que aprueba en vía de regularización el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2012 ­ 2016 del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la misma fecha en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), conjuntamente con el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2016 ­ 2018 del Ministerio de Agricultura y Riego ­ Pliego 013, aprobado en el artículo primero de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1360874-1

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0126-2016-MINAGRI Lima, 28 de marzo de 2016 VISTO: El Memorándum N° 216-2016-MINAGRI-OGPP/ ODOM de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sobre la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2010-AG, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, el mismo que consta de veintisiete (27) procedimientos administrativos; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0186-2015-MINAGRI, de fecha 29 de abril de 2015, se simplificó y actualizó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Autoridad Nacional del Agua - ANA; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, mediante Informe N° 030-2016-ANA-OPP-UP, de fecha 12 de febrero de 2016, ha emitido opinión técnica favorable para la modificación Ítem 5 del Procedimiento N° 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la ANA denominado: "Autorización para la ejecución de obras en fuentes naturales de agua o en la infraestructura

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