Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2016 (30/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Miércoles 30 de marzo de 2016 /

El Peruano

funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, del Comandante de la Policía Nacional del Perú Moises Cardenas Reynaga y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Emilio Arnaldo Chavez Andrade, del 1 al 5 de abril de 2016, a la Ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos US$ Importe 370.00 Días 5 X Pers. 2 = Total US$ 3,700.00

Nacional de INTERPOL en Santiago; y, el Memorándum Múltiple Nº 95-2016-DIRGEN-PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 16 de marzo de 2016, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 182-2015-JUS, de fecha 2 de octubre de 2015, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano Luis Carlos Campaz Ordoñez, formulada por el Juzgado Penal Colegiado de Zarumilla de la Corte Superior de Justicia de Tumbes, para ser procesado por la presunta comisión del delito Contra la Salud Pública Tráfico Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Chile, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante el Mensaje con referencia 1146/3601/2013/XCR, de fecha 4 de marzo de 2016, de la Oficina Central Nacional de INTERPOL en Santiago, hizo de conocimiento a la Oficina Central INTERPOL ­ Lima, que el Gobierno Nacional ha autorizado la extradición activa del ciudadano colombiano Luis Carlos Campaz Ordoñez; motivo por el cual solicitaron los nombres y planes de desplazamiento de los funcionarios policiales que se encargarán de recibir, custodiar y trasladar al citado reclamado desde la ciudad de Santiago, República de Chile, hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 76-2016-DIRGEN PNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 16 de marzo de 2016, la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú proponga el viaje al exterior en comisión de servicios, del 4 al 8 de abril de 2016, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Ricardo Manuel Escalante Vergara y del Suboficial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Paul Jose Huaripaita Benites, a la ciudad de Santiago, República de Chile, para que ejecuten la extradición activa mencionada en el considerando precedente; Que, en atención a los documentos sustentatorios, mediante Memorándum Múltiple Nº 95-2016-DIRGENPNP/DIRASINT-DIVBEC, de fecha 16 de marzo de 2016, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior; mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos e impuesto de viaje para el personal policial y el extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidencia del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial El Peruano; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1361462-1

Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 135-2016-IN Lima, 29 de marzo de 2016 VISTOS; el Mensaje con referencia 1146/3601/2013/ XCR, de fecha 4 de marzo de 2016, de la Oficina Central

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