Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2016 (10/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Martes 10 de mayo de 2016 /

El Peruano

aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0389-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 30 de marzo de 2016 (folios 15 y 16); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de dominio público hidráulico de 107 062,63 m2, ubicado en los Manglares de Tumbes, a 1 kilómetro al Oeste de la localidad de Puerto Pizarro y al Sur de la isla El Gato, distrito, provincia y departamento de Tumbes, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° I - Sede Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Tumbes. Regístrese y publíquese. CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1376389-3 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0322-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 21 de abril de 2016 Visto el Expediente N° 256-2016/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 63 165,99 m2, ubicado en el Noroeste del Balneario de Puerto Pizarro y al Noreste de la ruta de ingreso hacia el zoocriadero de cocodrilos, distrito, provincia y departamento de Tumbes, y; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno eriazo de 63 165,99 m2, ubicado en el Noroeste del Balneario de Puerto Pizarro y al Noreste de la ruta de ingreso hacia el zoocriadero de cocodrilos, distrito, provincia y departamento de Tumbes, que se encontraría libre de inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la Zona Registral N° I - Sede Piura, remitió el Certificado de Búsqueda Catastral de fecha 31 de diciembre de 2015, elaborado en base al Informe Técnico N° 1391-2015-ORTSCR-ZR-I-UREG/SUNARP de fecha 29 de diciembre de 2015 (folios 03 y 04), respecto del predio de 63 165,99 m2, señalando que el predio materia de estudio se encuentra totalmente de manera gráfica en un sector sin antecedente gráfico ­ registral, asimismo se encuentra totalmente en el ámbito de la zona de dominio restringido según lo indicado en el artículo 1 y 2 de la Ley N° 26856, Ley de Playas; Que, realizada la inspección técnica el día 22 de febrero de 2016 (folio 15), se verificó que el terreno de naturaleza eriaza ribereño al mar, está formado por área de manglares 70 % del predio y terreno inundable el

30 % del predio, la forma del terreno es irregular y con topografía plana; Que, el literal b) del artículo 6° de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, dispone entre otros que los cauces o álveos, lechos y riberas de los cuerpos de agua, son bienes naturales asociados al agua; Que, el artículo 7° de la Ley N° 29338 concordado con el artículo 3° del Reglamento de la Ley N°29338 aprobado por Decreto Supremo N°001-2010-AG dispone que los bienes naturales asociados al agua constituyen bienes de dominio público hidráulico; Que, el artículo 23° de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado; Que, la inscripción de los bienes del Estado de dominio público y de dominio privado se efectúa en el Registro de Predios a favor del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de dominio público hidráulico de 63 165,99 m2, de conformidad con el artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-VIVIENDA; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del Reglamento de Organización y Funciones de la SBN aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 0400-2016/SBN-DGPE-SDAPE de fecha 31 de marzo de 2016 (folios 16 y 17); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de dominio público hidráulico de 63 165,99 m2, ubicado en el Noroeste del Balneario de Puerto Pizarro y al Noreste de la ruta de ingreso hacia el zoocriadero de cocodrilos, distrito, provincia y departamento de Tumbes, según el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° I - Sede Piura de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Tumbes. Regístrese y publíquese.CARLOS GARCÍA WONG Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal 1376389-5

Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en el departamento de Cajamarca
SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN Nº 0326-2016/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 22 de abril de 2016 Visto el Expediente N° 1134-2015/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno de 2 337,74 m², ubicado a 0.9 kilómetros al Noreste del Centro Poblado

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