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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2016 (10/05/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 37

586723 NORMAS LEGALES Martes 10 de mayo de 2016 El Peruano / Jefa (e) de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma de S/ 276,349.15 (Doscientos Setenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Nueve y 15/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente: Nº Tipo de Cofi nancia- miento Programa o proyecto Programa o proyecto Institución Monto aprobado S/ (En Soles) Monto Total S/ (En Soles) 1 Subvención a personas jurídicas privadas Proyecto “Análisis epigenético en células tumorales circulantes y en el ADN circulante tumoral para la búsqueda de biomarcadores en cáncer de mama: biopsias líquidas” Universidad Científi ca del Sur S.A.C. 136,349.15 136,349.15 Proyecto “Diseño e implementación de un vehículo de superfi cie semi-autónoma (ASV) para monitoreo de calidad de agua y estudios de limnología” Pontifi ca Universidad Católica del Perú 140,000.00 140,000.00 Monto Total S/ 276,349.15 Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1378014-2 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 066-2016-CONCYTEC-P Lima, 9 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 005-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y los Ofi cios Nº 079 y Nº 099-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 113-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 93-2016-CONCYTEC- OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la fi nalidad de cofi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la ofi cina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modifi cada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC -OGPP “Procedimiento para la aprobación de transferencias fi nancieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016” (en adelante, la Directiva); Que, mediante Ofi cios Nº 079 y Nº 099-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de una transferencia fi nanciera y el otorgamiento de subvenciones por un monto total de S/ 254,801.64, a favor de las personas jurídicas ganadoras del Esquema Financiero EF 011 “Concurso Organización de Eventos Científi cos y Tecnológicos”, correspondiente a la Convocatoria 2014/2015-I; del Esquema Financiero EF 012 “Concurso Organización de Eventos de Promoción a la Innovación”, correspondiente a la Convocatoria 2014/2015-I; del Esquema Financiero EF 012 “Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015”, correspondiente a la Convocatoria 2015-II; del Concurso “Financiamiento de Actividades de Vigilancia Tecnológica”; del Esquema Financiero EF-014: “Extensionismo y Difusión Tecnológica en el Marco de la Articulación Productiva”; y del Esquema Financiero EF- 012-2015-III: “Organización de Eventos de Promoción a la Innovación”, correspondiente a la Convocatoria 2015- III, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 034-2015-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 035-2015-FONDECYT- DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 064-2015-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 106-2014-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 117-2015-FONDECYT-DE, modifi cada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 126-2015-FONDECYT-DE, y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 118-2015-FONDECYT-DE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 005-2016 -FONDECYT- UPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar una transferencia fi nanciera por un monto total de S/ 2,585.65, a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 252,215.99, a favor de la Asociación Civil “Cluster Textil, Joyería y Artesanía de Lambayeque” (S/ 4,900.00), de Holosens S.A.C. (S/ 4,900.00), de ABC Consultores Integrales Generales S.A.C. (S/ 250.00), de la Cooperativa de Servicios Múltiples CENFROCAFE PERÚ (S/ 24,000.00), de la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna (S/ 17,190.00), de la Asociación Peruana de Productores de Software (S/ 24,000.00), de la Microempresa Sociedad de Mejoramiento Genético de Alpacas y Llamas S.R.L. - SOMGALL S.R.L (S/ 45,000.00), del Centro Acuícola Ecoturístico El Dorado S.A.C. (S/ 45,000.00), de la Asociación de Productores Agropecuarios “Leal Silarani - Cabana” (S/ 41,728.99), del Centro Especializado para la Asistencia Técnica – Lagunillas Cabana (S/ 44,997.00), y de NEDACA S.A.C. (S/ 250.00), para cofi nanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica