Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2016 (10/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Martes 10 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

586723

Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Director Ejecutivo (e) del FONDECYT, del Responsable (e) de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Responsable (e) de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Responsable (e) de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, por la suma de S/ 276,349.15 (Doscientos Setenta y Seis Mil Trescientos Cuarenta y Nueve y 15/100 Soles); en el marco de lo dispuesto por el Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, conforme al detalle siguiente:
Tipo de Programa o Nº Cofinanciaproyecto miento Subvención a personas jurídicas privadas Proyecto Monto aprobado Monto Total S/ (En S/ (En Soles) Soles)

Programa o proyecto

Institución

1 Proyecto

"Análisis epigenético en células tumorales circulantes y en el ADN Universidad circulante Científica del 136,349.15 tumoral para la Sur S.A.C. búsqueda de biomarcadores en cáncer de mama: biopsias líquidas" "Diseño e implementación de un vehículo de superficie Pontifica semi-autónoma Universidad Católica del (ASV) para monitoreo de Perú calidad de agua y estudios de limnología"

136,349.15

140,000.00

140,000.00

Monto Total S/ 276,349.15

Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC; así como a la Dirección Ejecutiva del FONDECYT, para su conocimiento y fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de Transparencia del CONCYTEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLA ORJEDA Presidente 1378014-2 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 066-2016-CONCYTEC-P Lima, 9 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 005-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y los Oficios Nº 079 y Nº 099-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y los Informes Nº 113-2016-CONCYTEC-OGPP y Nº 93-2016-CONCYTECOGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza

excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, modificada a través de la Resolución de Presidencia Nº 062-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC -OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016" (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficios Nº 079 y Nº 099-2016-FONDECYT-DE, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT solicita la aprobación de una transferencia financiera y el otorgamiento de subvenciones por un monto total de S/ 254,801.64, a favor de las personas jurídicas ganadoras del Esquema Financiero EF 011 "Concurso Organización de Eventos Científicos y Tecnológicos", correspondiente a la Convocatoria 2014/2015-I; del Esquema Financiero EF 012 "Concurso Organización de Eventos de Promoción a la Innovación", correspondiente a la Convocatoria 2014/2015-I; del Esquema Financiero EF 012 "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación 2015", correspondiente a la Convocatoria 2015-II; del Concurso "Financiamiento de Actividades de Vigilancia Tecnológica"; del Esquema Financiero EF-014: "Extensionismo y Difusión Tecnológica en el Marco de la Articulación Productiva"; y del Esquema Financiero EF012-2015-III: "Organización de Eventos de Promoción a la Innovación", correspondiente a la Convocatoria 2015III, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 034-2015-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 035-2015-FONDECYTDE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 064-2015-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 106-2014-FONDECYT-DE, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 117-2015-FONDECYT-DE, modificada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 126-2015-FONDECYT-DE, y la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 118-2015-FONDECYT-DE, respectivamente; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 005-2016 -FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para aprobar una transferencia financiera por un monto total de S/ 2,585.65, a favor del Instituto Tecnológico de la Producción, así como para el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 252,215.99, a favor de la Asociación Civil "Cluster Textil, Joyería y Artesanía de Lambayeque" (S/ 4,900.00), de Holosens S.A.C. (S/ 4,900.00), de ABC Consultores Integrales Generales S.A.C. (S/ 250.00), de la Cooperativa de Servicios Múltiples CENFROCAFE PERÚ (S/ 24,000.00), de la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna (S/ 17,190.00), de la Asociación Peruana de Productores de Software (S/ 24,000.00), de la Microempresa Sociedad de Mejoramiento Genético de Alpacas y Llamas S.R.L. - SOMGALL S.R.L (S/ 45,000.00), del Centro Acuícola Ecoturístico El Dorado S.A.C. (S/ 45,000.00), de la Asociación de Productores Agropecuarios "Leal Silarani Cabana" (S/ 41,728.99), del Centro Especializado para la Asistencia Técnica ­ Lagunillas Cabana (S/ 44,997.00), y de NEDACA S.A.C. (S/ 250.00), para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica

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