Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2016 (10/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 10 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, que tiene personería jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, mediante Decreto Supremo N° 364-2015-EF, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS; Que, mediante Resolución Suprema N° 002-2016-EF se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS, el cual establece que el cargo de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica es un cargo considerado como Directivo Superior de Libre Designación y Remoción; Que, de acuerdo con el literal m del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones, el Jefe de PERÚ COMPRAS tiene a su cargo la designación del personal de confianza; Que, se ha visto por conveniente designar a la persona que ocupe dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1018; y, el Reglamento de Organización y Funciones de PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 364-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo Único. ­ Designar a la señorita Estrella Cynthia Haydee Asenjo Valdivieso en el cargo de Jefa de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROBERTO CARLOS REYNOSO PEÑAHERRERA Jefe de la Central de Compras Públicas ­ PERÚ COMPRAS 1377615-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas y transferencia financiera a favor del ITP
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 064-2016-CONCYTEC-P Lima, 9 de mayo de 2016 VISTOS: El Informe Técnico Legal Nº 008-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM y el Oficio Nº 098-2016-FONDECYT-DE del Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica FONDECYT y los Informes Nº 111-2016-CONCYTECOGPP y Nº 090-2016-CONCYTEC-OGAJ, del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar

transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 021-2016-CONCYTEC-P, se aprueba la Directiva Nº 003-2016-CONCYTEC-OGPP "Procedimiento para la aprobación de transferencias financieras y/u otorgamiento de subvenciones, en el marco del Numeral 1) de la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, modificada mediante Resolución de Presidencia N° 062-2016-CONCYTEC-P (en adelante, la Directiva); Que, mediante Oficio Nº 098-2016-FONDECYTDE, el Director Ejecutivo (e) del FONDECYT solicita el otorgamiento de subvenciones por un monto total de S/ 450,000.00, a favor de personas jurídicas privadas, ganadoras del "Concurso Científicos INC ­ Círculos de Investigación en Ciencia y Tecnología", financiado por el FOMITEC, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 048-2014-FONDECYT-DE de fecha 23 de junio de 2014, modificada mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 084-2014-FONDECYT-DE de fecha 26 de setiembre de 2014; Que, la Dirección Ejecutiva del FONDECYT remite el Informe Técnico Legal Nº 008-2016-FONDECYTUPP-UAJ-USM, mediante el cual los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un monto total de S/ 450,000.00, a favor de la Pontificia Universidad Católica del Perú (S/ 225,000.00) y de la Universidad de Piura (S/ 225,000.00), para cofinanciar proyectos en ciencia, tecnología e innovación tecnológica (CTI) señalados en el referido Informe Técnico Legal. Los referidos órganos adjuntan el Certificado de Crédito Presupuestario N° 0000000140, copia de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 048-2014-FONDECYT-DE y de la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 084-2014-FONDECYTDE, copia de los Convenios de Financiamiento N° 012-2014-FONDECYT y N° 013-2014-FONDECYT; Que, los Responsables de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo y de la Unidad de Asesoría Jurídica del FONDECYT, con la visación de la presente Resolución, ratifican el cumplimiento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos para efectuar los desembolsos solicitados en el Informe Técnico Legal Nº 008-2016-FONDECYT-UPPUAJ-USM, y demás disposiciones contenidas en los Reglamentos y Bases del citado Concurso, así como en los Convenios señalados en el considerando precedente, y en la normativa vigente sobre la materia; Que, mediante Informe Nº 111-2016-CONCYTECOGPP, el Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del CONCYTEC señala que ha verificado lo informado por el FONDECYT, concluyendo que el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas, solicitadas por el FONDECYT se enmarcan en la Directiva y cuentan con disponibilidad presupuestal para ser atendidas hasta por el importe total de S/ 450,000.00, con el cual se cofinanciarán los proyectos en CTI señalados en el Informe Técnico Legal Nº 008-2016-FONDECYT-UPP-UAJ-USM; Que, con el Informe Nº 090-2016-CONCYTEC-OGAJ, la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, indica que teniendo en cuenta lo señalado en el Informe Técnico Legal Nº 008-2016-FONDECYTUPP-UAJ-USM, y en el Informe Nº 111-2016-CONCYTECOGPP, se ha cumplido con lo dispuesto en la Directiva; Con la visación del Secretario General, del Jefe (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Jefa (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del

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