Norma Legal Oficial del día 17 de mayo del año 2016 (17/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Martes 17 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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mantengan en funcionamiento los Centros de Empleo o las Oficinas de Enlace, siguiendo los lineamientos para el correcto uso de la imagen e identidad institucional del Centro de Empleo establecidos en la Directiva General Nº 001-2015-MTPE/3/18, aprobada por Resolución Ministerial Nº 125-2015-TR. Artículo 3.- Los Gobiernos Regionales y/o Locales que hayan constituido Centros de Empleo y no cumplan con las condiciones mínimas previstas en esta Directiva para su funcionamiento y prestación de servicios, tienen un plazo de dos (2) años para adecuarse a la nueva normativa, contados desde la publicación de la presente norma. Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 109-2012-TR que aprueba la Directiva General Nº 002-2012-MTPE/3/18, "Lineamientos para la Atención de los Usuarios de los Centros de Empleo", así como todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el anexo a que hace referencia el artículo precedente, en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1380837-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Costa Rica, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 308-2016 MTC/01.02 Lima, 12 de mayo de 2016 VISTOS: La solicitud de la empresa AERODIANA S.A.C. con escrito de registro E-094744 del 6 de abril de 2016, así como los Informes Nº 191-2016-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 225-2016MTC/12.04, de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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