Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2016 (23/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Lunes 23 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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y Distritales, Municipalidades de Centros Poblados, Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad pública o privada; y, en la Guía de Procedimientos GO-348-GPRC/ SGIR/005 sobre Delegación de Funciones Registrales e Incorporación al Sistema Registral de Oficinas de Registros de Estado Civil de Centros Poblados, Municipalidades de Centro Poblado y Oficinas Auxiliares de Municipalidades; Que, de conformidad a lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, en Sesión Ordinaria Nº 006 del 28 de marzo del 2016 con el voto unánime de los Señores Regidores, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó Delegar las Funciones inherentes al Registro Civil a la Municipalidad del Centro Poblado SANTA TERESA, Distrito de Huarmaca, mediante la siguiente norma municipal; ORDENANZA MUNICIPAL QUE DELEGA FUNCIONES EN LO REFERENTE A LOS REGISTROS CIVILES A LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SANTA TERESA DEL DISTRITO DE HUARMACA, PROVINCIA DE HUANCABAMBA Artículo Primero.- INCORPORAR las facultades otorgadas a la Municipalidad del Centro Poblado SANTA TERESA, del Distrito de Huarmaca, Provincia de Huancabamba, Región Piura, delegándose, las funciones inherentes a los Registros Civiles, quedando el texto del Artículo 5º de la O.M. Nº 007-2012-MPH/CM, de la siguiente manera: Artículo 5º.- DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SANTA TERESA 5.1. Funciones Delegadas (...) 5.1.10. EN MATERIA DE REGISTRO CIVIL, 5.1.10.1. Servicios de inscripción de partidas de nacimiento, defunciones y la celebración de matrimonios, así como la emisión de las partidas correspondientes, previo reconocimiento de dichas facultades por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), conforme a Ley. Artículo Segundo.- DEJAR SUBSISTENTE el contenido de los artículos de la Ordenanza Municipal Nº 007-2012-MPH/CM, en los extremos no modificados. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando, se registre, publique y cumpla. Dada en la Sede de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, a los veintinueve días del mes de marzo del año dos mil dieciséis. MARCO NAPOLEÓN VELASCO GARCÍA Alcalde 1382195-1

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHICLA - HUAROCHIRI VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 009 de fecha 16/03/16, en Orden del Día se procedió a la revisión del Proyecto de Ordenanza que aprueba el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas ­ RAMSA de la Municipalidad Distrital de Chicla. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, preceptúa que los Gobiernos Locales gozan de Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establecido en la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades artículo 40º las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en las materias de su competencias, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, la cual posee rango de ley, conforme se desprende del inciso 4 del artículo 200º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 46º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 establece que las normas municipales son de carácter obligatorio y su incumplimiento acarrea sanciones de carácter pecuniario y no pecuniario; Que, conforme lo dispone la Ley del Procedimiento Administrativo General, son Principio de la Potestad Sancionadora Administrativa, el Principio de Legalidad el cual establece que solo por norma con rango de ley cabe atribuir a las entidades la potestad sancionadora y la consiguiente previsión de las consecuencias administrativas que a título de sanción son posibles de aplicar a un administrado; Que, mediante informe favorable de Gerencia Municipal para la aprobación del Proyecto de Ordenanza que Aprueba el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas ­ RAMSA y su correspondiente Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas CUIS para la municipalidad; Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, con el Voto Unánime del Pleno del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se Aprobó la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS "RAMSA" CUADRO UNICO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS "CUIS" Artículo Primero.- APRUEBESE el Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas ­ RAMSA el mismo que consta de Cincuenta y Siete Artículos, Tres Disposiciones Finales, y Dos Disposiciones Transitorias, y su correspondiente Cuadro Único de Infracciones y Sanciones Administrativas CUIS de la Municipalidad Distrital de Chicla (Anexo 01) y Formato de Notificación de Infracción (Anexo 02) que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGUESE todas las Disposiciones que se opongan a la presente Norma Municipal. Artículo Tercero.- ENCARGUESE a todas las Gerencias, Sub Gerencias, Oficinas y Unidades el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza Municipal. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Imagen Institucional la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Municipalidad. Comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL GABRIEL TOLENTINO CARLOS Alcalde 1382721-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHICLA
Aprueban Reglamento de Aplicación de Multas y Sanciones Administrativas RAMSA de la municipalidad, y el CUIS
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2016-OM-MDCH-H Chicla, 17 de marzo del 2016

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