Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2016 (03/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Jueves 3 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Artículo segundo.- Dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 03-2016-SUNEDU, del 26 de enero de 2016. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-7

Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la SUNEDU
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 080-2016-SUNEDU Lima, 2 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 12 de la Ley N° 30220 ­ Ley Universitaria, se crea la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria ­ Sunedu como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional, económica, presupuestal y administrativa, para el ejercicio de sus funciones. Tiene naturaleza jurídica de derecho público interno y constituye pliego presupuestal; Que, el literal f) del artículo 14 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, dispone que el Superintendente tiene entre otras funciones, la de designar y remover a los directores de los órganos de línea, órganos de administración interna y órganos desconcentrados de la Sunedu; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 079-2016-SUNEDU se acepta la renuncia presentada por la servidora Laura Elizabeth Descalzi Marroquin al cargo de Jefa de la Oficina de Recursos Humanos; Que, en ese contexto resulta necesario encargar las funciones de la Oficina de Recursos Humanos, a fin de garantizar la continuidad del servicio, debiendo emitirse para tal efecto el acto de administración interna correspondiente; Con el visto de Secretaría General de la Sunedu y; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; y el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu; SE RESUELVE: Artículo Único.- Encargar con efectividad a partir del 3 de noviembre de 2016, al señor Danny Daniel Morales Dueñas, Jefe de la Oficina de Administración, las funciones de Jefe de la Oficina de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, en adición a sus funciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. LORENA DE GUADALUPE MASIAS QUIROGA Superintendente 1449093-8

Los Oficios Nros. 437 y 440-2016-ETI-CPP-PJ, cursados por el Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y, los Oficios N° 4128-2016-P-CSJAN/PJ, N° 4127-2016-P-CSJAN/PJ, N° 4126-2016-P-CSJAN/PJ, N° 5517-2016-P-CSJAM/PJ, N° 5515-2016-P-CSJAM/ PJ, N° 0619-2016-P-CSJAY/PJ, N° 1379-2016-P-CSJCÑ/ PJ, N° 1383-2016-P-CSJCÑ/PJ, N° 842-2016-P-CSJHA/ PJ, N° 1181-2016-CSJHN/PJ, N° 1182-2016-CSJHN/PJ, N° 7139-2016-P-CSJLA/PJ, N° 1148-2016-P-CSJMD/PJ, N° 4332-2016-P-CSJPI/PJ, N° 2566-2016-P-CSJSU/PJ, N° 3806-2016-P-CSJSA/PJ; y N° 1991-2016-P-CSJI/PJ, remitidos por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana, respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales penales transitorios, con vencimiento al 31 de octubre del presente año. CONSIDERANDO: Primero. Que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana, mediante los oficios antes referidos solicitan a este Órgano de Gobierno la prórroga de sus órganos jurisdiccionales transitorios, cuya fecha de vencimiento es el 31 de octubre del año en curso, con la finalidad de continuar brindando la adecuada implementación del Nuevo Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, sustentado su pedido en razones de carga procesal y las audiencias realizadas. Segundo. Que el Informe N° 079-2016-MYE-ST-ETICPP/PJ, elaborado por el Encargado del Componente de Monitoreo y Evaluación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, contiene la evaluación realizada a los Juzgados Penales Transitorios de los Distritos Judiciales de Ancash, Amazonas, Ayacucho, Cañete, Huánuco, Huaura, Ica, Lambayeque, Madre de Dios, Pasco, Piura, Santa y Sullana, determinándose que cumplen con el estándar mínimo establecido mediante Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ, siendo procedente la prórroga solicitada. Asimismo, considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Tercero. Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE:

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios a nivel nacional
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 129-2016-P-CE-PJ Lima, 21 de octubre de 2016.

Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de noviembre de 2016: HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016: CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AMAZONAS - Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio de la Provincia de Utcubamba. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUÁNUCO - Juzgado Penal de Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Huánuco.

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