Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2016 (03/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

Jueves 3 de noviembre de 2016 /

El Peruano

visible de la sede central y de las Oficinas Desconcentradas del OSIPTEL. Regístrese y comuníquese. GONZALO MARTIN RUIZ DIAZ Presidente del Consejo Directivo 1448484-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajadores de la SUNAT a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 291-2016/SUNAT Lima, 31 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que mediante Oficio OF.RE (DPE-PCO) N° 2-5-E/1165 de fecha 6 de octubre de 2016, la Dirección de Promoción Comercial de la Dirección General de Promoción Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores comunica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT la realización del Encuentro Presidencial y de la II Reunión del Gabinete Binacional del Perú y Bolivia, que se llevarán a cabo en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, el día 4 de noviembre de 2016; Que mediante Oficio OF.RE (DGA) N° 22-6-BB/159 de fecha 6 de octubre de 2016, el Viceministerio de Relaciones Exteriores informa a la SUNAT que los citados eventos estarán precedidos por reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres los días 2 y 3 de noviembre de 2016, en las que se evaluará el cumplimiento de los acuerdos asumidos en el I Gabinete Binacional con Bolivia; Que el Encuentro Presidencial y el Gabinete Binacional constituyen mecanismos de coordinación político diplomático del más alto nivel que ha dado impulso significativo a la relación bilateral con Bolivia y ha permitido la realización de proyectos en beneficio de las poblaciones de ambos países, en particular de las que habitan en la Zona de Integración Fronteriza; Que el objetivo del Encuentro Presidencial y de la II Reunión del Gabinete Binacional del Perú y Bolivia consiste en evaluar los avances alcanzados en el cumplimiento de los compromisos acordados en la Declaración Presidencial de Isla Esteves y su Plan de Acción, suscritos en el marco del Encuentro Presidencial y del I Gabinete Binacional celebrado el 23 de junio de 2015, y formular nuevos compromisos con el propósito de profundizar la integración e impulsar la agenda común entre ambos países; Que la participación de la SUNAT en los mencionados eventos le permitirá abordar diversos temas de interés como la facilitación del tránsito internacional de mercancías en el marco de la normativa internacional aplicable, continuar acciones de control coordinadas en la lucha contra el contrabando, continuar la negociación del Manual Operativo que regule el funcionamiento de la Agencia Aduanera de Bolivia en el puerto de Ilo, así como las acciones necesarias para la construcción y funcionamiento del Centro Binacional de Atención de Frontera - CEBAF Desaguadero; Que, en este contexto, la presencia de la SUNAT en los referidos eventos se enmarca dentro de los objetivos estratégicos institucionales de reducir el

contrabando y el tráfico ilícito de mercancías, así como el envío de insumos químicos y bienes fiscalizados, los que se encuentran alineados con la política del Estado de fortalecer la integración regional y subregional en las esferas económico ­ comerciales a través de la suscripción de acuerdos internacionales del Perú con otros países; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe Técnico Electrónico N° 00008-2016-5F3100 y al Informe N° 101-2016-SUNAT/390000 de fechas 24 y 26 de octubre de 2016, respectivamente, resulta necesario autorizar la participación de los trabajadores Jorge Alfredo Villavicencio Merino, Gerente de Desarrollo de Gestión Coordinada en Fronteras de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, Julio César Paz Soldán Oblitas, Especialista 6 de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas y de Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que, en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la finalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816 establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de los trabajadores Jorge Alfredo Villavicencio Merino y Julio César Paz Soldán Oblitas del 1 al 4 de noviembre de 2016; y de Rafael Eduardo García Melgar del 2 al 4 de noviembre de 2016; quienes serán transportados por vuelos oficiales de la Fuerza Aérea del Perú, debiendo la SUNAT asumir con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nos 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y normas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de los trabajadores Jorge Alfredo Villavicencio Merino, Gerente de Desarrollo de Gestión Coordinada en Fronteras de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero y Julio César Paz Soldán Oblitas, Especialista 6 de la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas del 1 al 4 de noviembre de 2016, y de Rafael Eduardo García Melgar, Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas, del 2 al 4 de noviembre de 2016, para participar en las reuniones preparatorias técnicas y a nivel de Vicecancilleres, en el Encuentro Presidencial y en la II Reunión del Gabinete Binacional del Perú y Bolivia, eventos que se realizarán en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia, del 2 al 4 de noviembre de 2016. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2016 de la Superintendencia Nacional de Aduanas

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