Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2016 (12/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 12 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES
de

604019

e) Un representante de los Grupos Étnicos. f) Un representante del Centro Nacional Planeamiento Estratégico - CEPLAN. g) Expertos Independientes: - Señor Richard Charles Webb Duarte. - Señor Javier Alfredo Escobal D'Angelo. - Señor Javier Ernesto Herrera Zúñiga. - Señor Gustavo Adolfo Yamada Fukusaki. - Señor Federico Ignacio Arnillas Lafert.

Autorizan viaje de representantes de DEVIDA a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 289-2016-PCM Lima, 11 de noviembre de 2016 VISTO: el Oficio N° 528-2016-DV-SG de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA; y, CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, dicha entidad se constituye en un Organismo Público Ejecutor adscrito al Sector Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, conforme lo prescribe la norma antes invocada, tiene como parte de sus funciones generales, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, convocar, coordinar y negociar con la Comunidad Internacional, el apoyo que requiere el Perú para implementar la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas, y en ese mismo sentido, coordinar las acciones de la política exterior del Perú en lo que respecta al problema mundial de las drogas, en el marco de sus competencias; Que, los días 15 y 16 de noviembre de 2016, se llevará a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile la "IX Comisión Mixta Perú-Chile de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas"; Que, la reunión a realizarse, reviste especial importancia para el Perú, dado que constituye un espacio en el cual se analizarán las políticas en materia de drogas de ambos países, y se abordarán diversos temas relacionados a la reducción de la demanda y oferta de drogas, lavado de activos, cooperación judicial internacional, entre otros; Que, asimismo se constituirán grupos de trabajo para la evaluación del funcionamiento de los mecanismos existentes para el intercambio de información del tráfico ilícito de drogas en los ámbitos marítimo, aéreo y terrestre, especialmente en lo relativo a las rutas clandestinas, perfiles de personas identificadas y modalidades de tráfico ilícito de drogas en aeropuertos, puertos y uso de migrantes para tráfico ilícito de drogas; Que, por las razones expuestas y siendo de interés institucional la participación del Perú en el evento a realizarse, resulta pertinente que la señora Lisbeth Ysabel Garayar Solano, Especialista Coordinador del Programa de Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas de la Dirección de Articulación Territorial, los señores José Eduardo Cruz Díaz, Profesional CAS de la Dirección de Promoción y Monitoreo y Pedro Alejandro Moreno Gómez, Sub Director de Control de Oferta de la Dirección de Asuntos Técnicos de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA, participen del evento internacional mencionado a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile; Que, los gastos por concepto de viáticos, pasajes y tarifa unificada por uso de aeropuerto de las funcionarias designadas, serán con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas-DEVIDA; De conformidad con la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2016, Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por los Decretos Supremos N° 05-2006-PCM y N° 056-2013-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, de la señora Lisbeth Ysabel

h) El Director Nacional de Censos y Encuestas del Instituto Nacional de Estadística e Informática, quien actuará como Secretario Técnico. Los integrantes de la Comisión Consultiva ejercen sus funciones ad honorem. La acreditación de los representantes se realiza mediante comunicación escrita dirigida al Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, dentro del plazo de tres (3) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Suprema. Artículo 3.- Funciones y atribuciones de la Comisión Consultiva La Comisión Consultiva tiene las funciones y atribuciones siguientes: a) Definir las estrategias del Plan Censal 2017 propuesto por el Instituto Nacional de Estadística e Informática y que comprende: el Plan Directriz de los Censos y Programa Censal, Plan de Tabulaciones, Plan de Comunicaciones y Plan de Publicaciones. b) Proponer al Poder Ejecutivo la fecha de levantamiento Censal o "Día del Censo". c) Realizar las coordinaciones de alto nivel que se requieran para la ejecución de los Censos Nacionales: XII de Población, VIl de Vivienda y III de Comunidades Indígenas. d) Establecer los mecanismos de coordinación y apoyo multisectorial a nivel Regional, Provincial y Distrital. e) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y normas técnicas que rigen la ejecución de los Censos Nacionales. f) Mantenerse permanentemente informada sobre el desarrollo de las labores censales y dictar en forma oportuna las medidas necesarias que apoyen su ejecución. g) Pronunciarse sobre las consultas que le formule el Instituto Nacional de Estadística e Informática. h) Conformar las Subcomisiones que considere necesarias. i) Otras que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus funciones. Al término del proceso censal, la Comisión Consultiva emitirá una Declaración dando cuenta del desarrollo y resultados de las actividades encomendadas. Artículo 4.- Instalación de la Comisión Consultiva La Comisión Consultiva se instala por convocatoria de su Presidente y funcionará hasta 30 días después de publicados los resultados definitivos de los Censos Nacionales. El Instituto Nacional de Estadística e Informática brinda a la Comisión Consultiva, las facilidades técnicas, logísticas y otras que sean necesarias para la instalación y funcionamiento de la Comisión y de las Sub Comisiones que se constituyan. Artículo 5.- Aprobación del Reglamento Interno La Comisión Consultiva aprobará su Reglamento Interno dentro de los 15 días de su instalación. Artículo 6.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones Encargado del despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros 1453081-1

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