Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2016 (12/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Sábado 12 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604029

Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave AB412 SP, habiendo contemplado en la cláusula quinta, incisos 5.1, 5.2 y 5.3, la realización del referido curso, para CUATRO (4) pilotos de la Marina de Guerra del Perú, a efectuarse en el Centro de Capacitación de la empresa CAE SimuFlite Inc., ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia; Que, en relación al referido contrato, la empresa CAE SimuFlite Inc., hace de conocimiento al Jefe de la Sub-Unidad Ejecutora 07: Operaciones del Pacífico, la confirmación de fecha del Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave AB412 SP, conformado por UN (1) grupo de CUATRO (4) tripulantes, a realizarse del 21 al 24 de noviembre de 2016, en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia; Que, el Personal Naval participante, ha sido propuesto teniendo en consideración que ostentan la Segunda Especialización Profesional en Aviación Naval y de Especialización Profesional Técnica por Actividad de Tripulante Aeronaval, quienes cuentan con una gran cantidad de horas de vuelo en el modelo de aeronave, adquiriendo por ello una amplia experiencia que los habilita como dotaciones actuales de la Aeronave AB-412 SP; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Naval, para que participen en el Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave AB-412 SP, a realizarse en el Centro de Capacitación de la empresa CAE SimuFlite Inc., ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, del 21 al 24 de noviembre de 2016; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá efectuar de la mejor manera posible, cada una de las emergencias que se simularán, lo que probablemente no ocurriría con estudios teóricos de los procedimientos o con una puesta en práctica en un vuelo real, obteniendo altos niveles de entrenamiento en períodos cortos de tiempo, elevando la autoconfianza de la tripulación; así como, la actualización de procedimientos de vuelo, en base a las experiencias operativas propias o de terceros; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con DOS (2) días de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del curso, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Personal Naval que a continuación se

indica, para que participen en el Curso de Entrenamiento Recurrente en Simulador de Vuelo de la Aeronave AB412 SP, a realizarse en el Centro de Capacitación de la empresa CAE SimuFlite Inc., ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia, del 21 al 24 de noviembre de 2016; así como, autorizar su salida del país el 19 y su retorno el 25 de noviembre de 2016:
N° Grado 1 Capitán de Navío 2 Capitán de Fragata 3 Capitán de Corbeta 4 Teniente Primero Apellidos y Nombres César Adolfo ANGULO Rebaza José Antonio Jesús DE RUTTE Uriarte Dilton Fredy OVIEDO Paredes Reinaldo Jair MASALIAS Lascosqui CIP. 00818525 00924180 01970768 00008060 DNI. 43298901 09866729 10868577 40305407

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Estocolmo (Reino de Suecia) - Lima US$. 2,659.94 x 4 personas USS. 10,639.76 Viáticos: US$. 540.00 x 4 personas x 4 días US$. 8,640.00 --------------------------TOTAL A PAGAR: US$. 19,279.76

Artículo 3.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni los nombres de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1453085-2

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 461-2016-DE/MGP Lima, 10 de noviembre de 2016 Visto, el Oficio P.200-2455 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 20 de setiembre de 2016; CONSIDERANDO: Que, la Red PBIP México Internacional, es un mecanismo de cooperación técnica, que fue instituto en el Puerto de Veracruz, Estados Unidos Mexicanos y que

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