Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2016 (15/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, según la Primera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ordenanza Nº 355/MM, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 13 de julio de 2011, que aprueba el Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, se ha previsto la realización de sorteos anuales, como parte del grupo de beneficios tributarios otorgados a los contribuyentes que cumplen con el pago oportuno de sus tributos; Que, en este contexto es necesario establecer las disposiciones correspondientes para la realización del sorteo del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, así como la asignación de opciones de sorteo a los contribuyentes que reúnan los requisitos señalados en el Artículo Tercero de la Ordenanza Nº 355/ MM; teniéndose presente que de acuerdo con la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria de la referida ordenanza, se faculta al Alcalde a dictar las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación del indicado dispositivo; Que, con Informe Nº 413-2016-GAT/MM la Gerencia de Administración Tributaria remite el Informe Nº 154-2016-SGR-GAT/MM del 03 de noviembre de 2016, elaborado por la Subgerencia de Recaudación, con el que se pone en conocimiento las disposiciones que regularán el sorteo del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, así como las propuestas de los premios a entregarse en coordinación con las áreas pertinentes; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante Informe Legal Nº 211-2016-GAJ/MM de fecha 07 de noviembre de 2016, concluye que a fin de incentivar y premiar a los vecinos del distrito que cumplen en forma permanente y puntual con sus obligaciones tributarias, no existe inconveniente legal para aprobar las disposiciones para el Sorteo Anual del Programa Vecino Puntual Miraflorino (Sorteo VPM), acorde con la propuesta presentada por la Gerencia de Administración Tributaria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar las disposiciones para el Sorteo Anual del Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino - VPM, ("Sorteo VPM"), correspondiente al ejercicio 2016 y cuyo texto adjunto forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- Conformar la Comisión Organizadora del "Sorteo VPM", que estará integrada por los funcionarios mencionados en el numeral 7.4 de las disposiciones aprobadas según el Artículo Primero, precisándose que la misma se encargará de la ejecución y control del sorteo, así como de todas las disposiciones necesarias para tal efecto. Artículo Tercero.- Encargar a las Gerencias de Administración Tributaria y de Sistemas y Tecnologías de la Información el cumplimiento del presente decreto, de acuerdo a sus atribuciones; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el Portal Institucional (www.miraflores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde DISPOSICIONES PARA EL SORTEO ANUAL DEL PROGRAMA VECINO PUNTUAL MIRAFLORINO - VPM "SORTEO VPM" 1. OBJETIVO Establecer las disposiciones que regulen el sorteo de premios entre los contribuyentes que cumplan

puntualmente con pagar el Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo. 2. FINALIDAD Premiar a los contribuyentes calificados como "Vecino Puntual Miraflorino", en reconocimiento al cumplimiento oportuno de sus obligaciones tributarias observadas durante el ejercicio fiscal 2016. 3. ALCANCE - Gerencia de Administración Tributaria. - Gerencia de Administración y Finanzas. - Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información. - Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional. 4. BASE LEGAL - Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. - Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal. - Ordenanza Nº 347/MM, que aprueba la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Miraflores, y sus modificatorias. - Ordenanza Nº 355/MM, que aprueba el Programa de Incentivos Vecino Puntual Miraflorino ­ VPM. 5. VIGENCIA El presente documento rige a partir del día siguiente de su aprobación, mediante decreto de alcaldía, y su publicación en el Diario Oficial El Peruano así como en la página web de la Municipalidad de Miraflores. 6. DEFINICIONES VPM (Vecino Puntual Miraflorino): Vecino que cumple con sus obligaciones tributarias en forma puntual ante la municipalidad. Padrón de Contribuyentes Hábiles: Listado de contribuyentes que cumplen con la condición para ser catalogados como VPM. Opción: Número de alternativas que tienen derecho los contribuyentes hábiles en relación a la modalidad de pago registrada, sea por cuota o anual. 7. DISPOSICIONES GENERALES 7.1. Participantes del sorteo Tienen derecho a participar en el sorteo los contribuyentes activos, personas naturales propietarias de por lo menos un predio dedicado a casa-habitación, que se encuentren al día en el pago de sus obligaciones tributarias municipales del ejercicio 2016. Asimismo, no deberán registrar recursos impugnatorios respecto de obligaciones tributarias, debiendo, en su caso, desistirse de los mismos. Los contribuyentes que cumplan los requisitos precedentes integrarán el "Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo". No podrán participar en el sorteo el Alcalde, los miembros del Concejo Municipal, los funcionarios, los trabajadores y el personal contratado que preste servicios en la municipalidad bajo cualquier modalidad. 7.2. Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo El padrón de contribuyentes será elaborado por la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, siendo el responsable de asegurar la asignación de opciones conforme a lo establecido en el numeral 7.3 del presente documento; debiendo remitir el padrón a la Subgerencia de Recaudación dentro de los primeros tres (03) días hábiles del mes de diciembre de 2016, la misma que lo aprobará y enviará en forma oportuna a la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información para su difusión en la página web institucional, la cual deberá efectuarse como mínimo siete (07) días antes de la fecha fijada para el sorteo, permaneciendo hasta la realización del mismo.

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