Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2016 (15/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 15 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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que declaró fundado en parte el requerimiento fiscal de prolongación de prisión preventiva, y, reformándola, declaró improcedente dicho pedido de prolongación formulada por el fiscal contra el cuestionado burgomaestre. 5. Asimismo, el órgano jurisdiccional dispuso para el imputado Edilberto Pillaca Puclla comparecencia con restricciones sujeto a reglas de conducta y, al haber cancelado la caución económica, ordenó su libertad inmediata, finalmente, señaló que no existe recurso impugnatorio alguno en contra de dicha resolución. 6. En atención a lo expuesto y a la información remitida por el órgano jurisdiccional, de lo cual se desprende que no existe, a la fecha, mandato de prisión preventiva que recaiga sobre Edilberto Pillaca Puclla, debe restablecerse la credencial otorgada a dicha autoridad. 7. Por ello, corresponde dejar sin efecto las credenciales concedidas a Américo Hercilio Zarabia Ramírez y a Salomé Díaz Tello, quienes habían asumido provisionalmente el cargo de alcalde y regidora, respectivamente, de la Muncipalidad Distrital de Anco Huallo, y que fueron convocados a través de la Resolución N° 1005-2016-JNE, por consiguiente, se debe restablecer la vigencia de la credencial de alcalde otorgada a Edilberto Pillaca Puclla. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Luis Carlos Arce Córdova, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Américo Hercilio Zarabia Ramírez, con la cual asumió provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, conforme fuera dispuesto por la Resolución N° 1005-2016-JNE. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Salomé Díaz Tello, con la cual asumió provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Distrital de Anco Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac, conforme fuera dispuesto por la Resolución N° 1005-2016-JNE. Artículo Tercero.- RESTABLECER la vigencia de la credencial que le fue otorgada a Edilberto Pillaca Puclla como alcalde de la Municipalidad Distrital de Anco Huallo, provincia de Chincheros, departamento de Apurímac. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1453438-3

VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Moisés Alejandro Copa Sánchez, alcalde de la Municipalidad Distrital de Uñon, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, debido a que se declaró la vacancia de Isabel María Quijahuamán Taco, regidora de dicha comuna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante Acuerdo de Concejo N° 016-2016-MDU, del 28 de junio de 2016 (fojas 27 a 29), adoptado en la Sesión Extraordinaria N° 09-2016-MDU, del 29 de mayo de 2016 (fojas 20 a 26), el Concejo Distrital de Uñon declaró la vacancia de la regidora Isabel María Quijahuamán Taco, debido a que incurrió en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Por ello, y en cumplimiento del artículo 24 del mencionado cuerpo normativo, el alcalde distrital solicita que se convoque al suplente que corresponda para completar el concejo municipal. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este. 2. De autos se verifica que la regidora Isabel María Quijahuamán Taco no asistió a las sesiones ordinarias de fechas 11 y 25 de enero y 8 de febrero de 2016. Es así que, en la sesión extraordinaria del 29 de mayo de 2016, el concejo distrital declaró su vacancia debido a que incurrió en la causal contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la LOM. Esta decisión se notificó a la autoridad afectada el 30 de junio de 2016 (fojas 30). 3. Asimismo, con el Informe N° 005-2016-SG-MDU, del 22 de julio de 2016 (fojas 31), emitido por la secretaria general de dicha entidad edil, se acredita que la regidora no presentó ningún recurso impugnatorio contra el referido acuerdo de concejo. 4. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Lourdes Estela Velarde Velgara, identificada con DNI N° 40069642, candidata no proclamada del Movimiento Regional Juntos por el Desarrollo de Arequipa, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Uñon, provincia de Castilla, departamento de Arequipa. 5. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 30 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Castilla, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, bajo la presidencia del magistrado Luis Carlos Arce Córdova, por ausencia del Presidente titular, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Isabel María Quijahuamán Taco como regidora del Concejo Distrital de Uñon, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Lourdes Estela Velarde Velgara, identificada con DNI N° 40069642, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Uñon, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, a fin de completar el periodo municipal 2015-2018, para

Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Uñon, provincia de Castilla, departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN N° 1231-2016-JNE Expediente N° J-2016-01324-C01 UÑON - CASTILLA - AREQUIPA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.

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