Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2016 (16/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Miércoles 16 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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prevista en el artículo 11, segundo párrafo, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, declaró fundado el recurso de apelación presentado por la autoridad edil cuestionada y, en consecuencia, revocó el acuerdo de concejo recurrido. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1453845-6

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052 Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AMPLIAR la competencia de las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito del distrito fiscal de Lima al distrito fiscal de Lima Este hasta la implementación de las Fiscalías Provinciales Especializadas en Prevención del Delito creadas mediante Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 109-2015-MP-FN-JFS. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de Lima y Lima Este, Oficina de Racionalización y Estadística, y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1454145-1

MINISTERIO PUBLICO
Amplían competencia de Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito del distrito fiscal de Lima al distrito fiscal de Lima Este hasta la implementación de Fiscalías creadas mediante la Res. N° 109-2015-MP-FN-JFS
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 4678-2016-MP-FN Lima, 14 de noviembre de 2016 VISTO y CONSIDERANDO: Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3377-2016-MP-FN, de fecha 2 de agosto de 2016, se aprobó el Reglamento de las Fiscalías de Prevención del Delito, el cual establece en el artículo 5 que "Las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito tienen competencia territorial en el distrito fiscal donde hayan sido creadas. En los lugares donde no exista una Fiscalía Provincial de Prevención del Delito, asumirá competencia, según corresponda, la Fiscalía Provincial de Turno, o en su defecto, la Fiscalía Provincial Mixta". La Resolución de Junta de Fiscales Supremos N° 109-2015-MP-FN-JFS, de fecha 17 de julio de 2015, crea dos Fiscalías Provinciales Especializadas en Prevención del Delito en el distrito fiscal de Lima Este, las cuales entrarían en funcionamiento luego que el Ministerio de Economía y Finanzas autorizara la transferencia presupuestal para su implementación, lo que hasta la fecha no ha sucedido. A través del Oficio N° 4606-2016-MP-FN-PJFSDJL, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores de Lima Este, mediante el cual solicita la ampliación de la competencia de las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito de Lima al distrito fiscal de Lima Este, para que participen en acciones de prevención en coordinación con las diversas entidades de la administración pública, en tanto se implementen las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito en ese distrito. Con el Oficio N° 738-2016-MP-FN-ETI-NCPP/ST, procedente de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico del Ministerio Público para la Implementación del Código Procesal Penal, se emite opinión favorable respecto a la ampliación de competencia de las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito de Lima al distrito fiscal de Lima Este. Por lo antes expuesto resulta necesario ampliar la competencia de las Fiscalías Provinciales de Prevención del Delito del distrito fiscal de Lima al distrito fiscal de Lima Este.

Aceptan renuncia de fiscales de los Distritos Fiscales de Lima y Ucayali
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4681-2016-MP-FN Lima, 15 de noviembre de 2016 VISTO Y CONSIDERANDO: El documento de fecha 10 de noviembre de 2016, mediante el cual, la abogada Silvia Elisa Isabel Abázalo Jara, formula su renuncia al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima, designada en el Despacho de la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Lima, por motivos estrictamente personales, con efectividad al 13 de noviembre de 2016. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Silvia Elisa Isabel Abázalo Jara, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima y su designación en el Despacho de la Décima Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Lima, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nº 4024-2014-MP-FN y Nº 3703-2016-MP-FN, de fechas 26 de septiembre de 2014 y 24 de agosto de 2016, respectivamente; con efectividad al 13 de noviembre de 2016. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1454131-1 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 4682-2016-MP-FN Lima, 15 de noviembre de 2016

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