Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2016 (25/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Dinero del FONAVI a los trabajadores que contribuyeron al mismo, al nuevo representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ­ SUNAT; en tal sentido, dicha composición estará conformada de la siguiente manera: Representantes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - Juan Carlos Meléndez Calvo. - Juan Carlos Granda Gayoso. Artículo 4.- Remitir copia de la presente resolución a la Presidencia del Consejo de Ministros, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, así como a los interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1456943-1

de Evaluación de Impacto Ambiental, y Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, respectivamente; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electrificación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 146-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la HIDRANDINA S.A., concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto "Electrificación Rural de Caseríos del distrito de Curgos", ubicado en los distritos de Curgos, Huamachuco y Sarín; provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especificaciones obrantes en el expediente:
Item 1 2 3 4 5 6 7 8 Zona Anamuelle Candurco Canllepata Chanchacape Chiquichal Condorpina Cuyumalca Limahuay Loma Amarilla Piogan Purrupe Querobal Grande Sayapampa Calvario Cargache Casa Blanca Choctamalca Cungush El Eden Alto Huamanzaña Huangabal Alto Huangasparate Monte Grande Osgorgon Rayambal Rayambal II Rinconada Shangal Departamento La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad La Libertad Provincia Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Sánchez Carrión Distrito Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Sarin Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Huamachuco Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Huamachuco Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos Curgos

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesión eléctrica rural a favor de HIDRANDINA S.A. para desarrollar actividad de distribución de energía eléctrica en zonas del proyecto "Electrificación Rural de Caseríos del distrito de Curgos"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 224-2016-MEM/DGE Lima, 5 de agosto de 2016 VISTO: El Expediente con código N° 65363115, sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima ­ HIDRANDINA S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 11000323 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral Nº V Sede Trujillo, con domicilio legal en Avenida España N° 1030, distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta Nº GR-1195-2015, con registro N° 2522012, de fecha 30 de julio de 2015, HIDRANDINA S.A. solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto "Electrificación Rural de Caseríos del distrito de Curgos", que comprende las zonas de: 1) Anamuelle, 2) Candurco, 3) Canllepata, 4) Chanchacape, 5) Chiquichal, 6) Condorpina, 7) Cuyumalca, 8) Limahuay, 9) Loma Amarilla, 10) Piogan, 11) Purrupe, 12) Querobal Grande, 13) Sayapampa, 14) Calvario, 15) Cargache, 16) Casa Blanca, 17) Choctamalca, 18) Cungush, 19) El Eden Alto, 20) Huamanzaña, 21) Huangabal Alto, 22) Huangasparate, 23) Monte Grande, 24) Osgorgon, 25) Rayambal, 26) Rayambal II, 27) Rinconada y 28) Shangal, ubicadas en los distritos de Curgos, Huamachuco y Sarín; provincia de Sánchez Carrión, departamento de La Libertad, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, HIDRANDINA S.A. ha presentado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución Gerencial N° 046-2012-GR/GEMH-LL de fecha 27 de marzo de 2012, y la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral Nº 087-2012 EM/DGE, de fecha 23 de abril de 2012, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional

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Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 062-2016 a suscribirse con la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima ­ HIDRANDINA S.A., el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Directoral deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 0622016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- La presente Resolución Directoral será notificada al concesionario dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, y deberá ser publicada

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