Norma Legal Oficial del día 25 de noviembre del año 2016 (25/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Viernes 25 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN BANDA VHF LOCALIDAD CHUQUIBAMBILLA

605115
DEPARTAMENTO APURIMAC

para el desarrollo del VRAEM; teniendo en cuenta el Memorándum N° 3210-2016-MTC/02.AL.LME; De conformidad con las Leyes N° 29158 y N° 29370, el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC y la Resolución Ministerial N° 099-2016-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor Dimitri Nicolás Senmache Artola, Asesor del Despacho Viceministerial de Transportes, y al señor Alexei Oblitas Chacón, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVÍAS DESCENTRALIZADO, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones ante el Grupo de Trabajo encargado de realizar acciones para el desarrollo del VRAEM, conformado por la Resolución Ministerial N° 099-2016PCM. Artículo 2.- Los funcionarios designados por el artículo 1, deberán llevar a cabo el encargo encomendado, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 001-2007MTC/09, aprobada mediante la Resolución Ministerial N° 001-2007-MTC/09. Artículo 3.- Notifíquese la presente Resolución Ministerial a la Presidencia del Consejo de Ministros Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad, así como a los funcionarios designados por el artículo 1, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1457482-1

Que, el numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, señala que "los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere los sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión". A su vez, el numeral 201.2 del citado artículo dispone que "la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original"; Que, en tal medida, dado el error material incurrido en la Resolución Directoral N° 1101-2016-MTC/28 debe procederse a la rectificación de oficio de la citada resolución, emitiéndose el acto administrativo correspondiente, esto es, una resolución directoral, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201° de la Ley de Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar los errores materiales contenidos en la Resolución Directoral N° 1101-2016MTC/28 de fecha 27 de junio de 2016, de acuerdo al siguiente detalle:
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN BANDA VHF VHF VHF LOCALIDAD ANTABAMBA CHALHUANCA CHUQUIBAMBILLA DEPARTAMENTO APURIMAC APURIMAC APURIMAC

Rectifican errores materiales contenidos en la R.D. N° 1101-2016-MTC/28
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 1774-2016-MTC/28 Lima, 7 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral N° 1101-2016MTC/28 del 27 de junio de 2016, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de julio de 2016, se resolvió, declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión en la banda VHF en diversas localidades de Apurímac y Huánuco serán otorgadas mediante concurso público; Que, mediante Informe N° 3051-2016MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que corresponde emitir una Resolución Directoral, rectificando los errores materiales contenidos en la Resolución Directoral N° 1101-2016MTC/28 de acuerdo al siguiente detalle: Dice:
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN SONORA RADIODIFUSIÓN SONORA RADIODIFUSIÓN SONORA BANDA FM FM FM LOCALIDAD ANTABAMBA CHALHUANCA CHUQUIBAMBILLA DEPARTAMENTO APURIMAC APURIMAC APURIMAC

Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FERNANDO CASTELLANOS SÁNCHEZ Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones 1456913-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la ejecución de la obra Ampliación y Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para el Esquema Cieneguilla - distrito de Cieneguilla"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 395-2016-VIVIENDA Lima, 23 de noviembre de 2016 Vistos, la Carta N° 1756-2016-GG de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima - SEDAPAL, el Memorando N° 374-2016-VIVIENDA-VMCS/DGPPCS de la Dirección General de Programas y Proyectos en Construcción y Saneamiento, y el Informe N° 964-2016-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - MVCS; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras

Debe decir:
MODALIDAD RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN RADIODIFUSIÓN POR TELEVISIÓN BANDA VHF VHF LOCALIDAD ANTABAMBA CHALHUANCA DEPARTAMENTO APURIMAC APURIMAC

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