Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2016 (01/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Sábado 1 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

600501

Yauca del Rosario de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Sur de Huaytará e Ica - MANCUSHI-I". Artículo 2º.- Conformación del Consejo Directivo El Consejo Directivo de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Sur de Huaytará e Ica - MANCUSHI-I", está conformado como sigue: - Presidente: Luis Ángel Neira Guevara, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ocoyo. - Director: Alberto Concepción Alejo Juscamayta, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Córdova. - Director: Abel Isaías Rojas Huaraca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Laramarca. - Director: Francisco Cupertino Pérez Chipana, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Querco. - Director: Wilmer Godofredo Cabrera Huamaní, Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Sangayaico. - Director: Héctor Raúl Cervantes Huamaní, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santiago de Quirahuará. Artículo 3º.- Registro de anexo Inscribir la Ordenanza de la Municipalidad Distrital de Yauca del Rosario que aprueba su separación de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca Sur de Huaytará e Ica - MANCUSHI-I", en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Oficial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDGARDO CRUZADO SILVERII Secretario de Descentralización 1435179-1

Disponen inscribir a la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Omas Yauyos - Cañete", en el Registro de Mancomunidades Municipales
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 036-2016-PCM/SD Lima, 26 de setiembre de 2016 VISTOS: Los oficios N° 001-2016-MMCROYC/P y N° 002-2016-MMCROYC/P; el Informe Técnico de Viabilidad; la Ordenanza Municipal Nº 003-2016-A/MDA de la Municipalidad Distrital de Asia; la Ordenanza Municipal Nº 003-2016-MDA-Y-RL de la Municipalidad Distrital de Ayavirí; la Ordenanza Municipal Nº 001-2016-MDC de la Municipalidad Distrital de Coayllo; la Ordenanza Municipal Nº 002-2016-MDO de la Municipalidad Distrital de Omas; la Ordenanza Municipal Nº 006-2016-MDSPP/Y de la Municipalidad Distrital de San Pedro de Pilas; la Ordenanza Municipal Nº 01-2016-MDT de la Municipalidad Distrital de Tauripampa; el Acta de Constitución y el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Omas Yauyos - Cañete"; el Oficio N° 389-2016-PCM/SD y los informes N° 00076-2016-PCM/SD-OGI y Nº 00159-2016PCM/SD-OGI; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de dos (2) o más municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestación conjunta de servicios

y la ejecución de obras, promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; Que, mediante el Oficio N° 001-2016-MMCROYC/P, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Omas y Presidente de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Omas Yauyos - Cañete" solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Asia y Coayllo de la Provincia de Cañete, y Ayavirí, Omas, San Pedro de Pilas y Tauripampa de la Provincia de Yauyos, en el Departamento de Lima; Que, por Oficio N° 389-2016-PCM/SD la Secretaría de Descentralización remite el Informe N° 00076-2016-PCM/ SD-OGI que contiene las observaciones al trámite de inscripción de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Omas Yauyos - Cañete"; Que, mediante Oficio N° 002-2016-MMCROYC/P, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Omas presenta los documentos para subsanar las observaciones en el trámite de inscripción de la "Mancomunidad Municipal de la Cuenca del Río Omas Yauyos - Cañete"; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional, social y demográfico; Gestión estratégica: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos, horizonte de planeamiento y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; y Sostenibilidad: estrategias de fortalecimiento y consolidación institucional, y capacidad de gestión y evaluación; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Fomento de la planificación del desarrollo urbano y rural, b) Gestión del ambiente para la conservación de la cuenca del Río Omas y las playas, c) Fomento del turismo, la inversión privada y la competitividad productiva, d) Fortalecimiento integral de la educación y la salud en favor de la población en general, e) Saneamiento básico y f) Seguridad ciudadana; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específicas exclusivas: a) Impulsar el proceso de planeamiento para el desarrollo, urbano y rural, con enfoque de gestión territorial y de cuenca, en el ámbito territorial de la mancomunidad municipal, b) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, c) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales de los distritos , d) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley N° 28846 y e) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 103-2012-EF; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específicas compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con las municipalidades provinciales respectivas, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento básico rural, con

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