Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2016 (09/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de octubre de 2016 /

El Peruano

Comunidades Nativas y Comunidades Campesinas, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2015 MINAGRI, dispone que el SERFOR, en coordinación con las ARFFS, Ministerio de Cultura y las organizaciones representativas, aprueba modelos de contratos que contengan condiciones mínimas, los cuales pueden ser considerados en el proceso de contratación entre comunidades y terceros; Que, mediante el documento del visto, la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal sustenta la propuesta de "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recursos forestales", recomendando la pertinencia de su publicación para la recepción de aportes de la ciudadanía en general; Que, resulta conveniente disponer la prepublicación de la propuesta de modelos contratos señalados en el considerando anterior, a fin de recabar comentarios y aportes de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y de la ciudadanía en general y, particularmente, de todo usuario o ciudadano que tenga interés en el objeto de la referida propuesta normativa; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación de proyecto normativo Disponer prepublicación de la propuesta de"Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recursos forestales", que forma parte integrante de la presente Resolución. Dicha prepublicación se realiza en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe), a fin de recibir los comentarios y/o aportes de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Remisión de aportes Los comentarios y/o sugerencias a la propuesta de "Modelos de contratos entre comunidades nativas o campesinas con terceros para el aprovechamiento de recursos forestales", deben remitirse de acuerdo al formato que como anexo forma parte de la presente resolución, y remitirse a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida 7 N° 229, Rinconada Baja, La Molina, Lima; a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, y/o a la dirección electrónica serforpropone@ serfor.gob.pe. Artículo 3.- Responsable Encargar a la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, recibir, procesar y sistematizar los comentarios y aportes que se presenten en el marco de lo señalado en la presente resolución. Artículo 4.- Publicación en el Diario Oficial Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con el documento mencionado en el artículo 1 y su anexo, en el Portal Institucional del SERFOR (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

ANEXO FORMATO PARA EL REGISTRO DE COMENTARIOS Y APORTES A LOS MODELOS DE CONTRATOS ENTRE COMUNIDADES NATIVAS O CAMPESINAS CON TERCEROS PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES
Número de identificación (asignado por el SERFOR) Nombres y apellidos completos N° de Documento de Identidad Institución u organización a la que representa Teléfono Correo electrónico

Especificar el tema o numeral de la propuesta

Comentario y/o Aporte

Sustento Técnico y/o legal del Comentario y/o Aporte

1439089-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0040-2016-MINAGRI-SENASA-DSV Mediante Oficio Nº 0137-2016-MINAGRI-SENASAOAJ, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Directoral Nº 0040-2016-MINAGRI-SENASA-DSV, publicada en la edición del 29 de setiembre de 2016. En el Artículo Único, literal B (página 600256) DICE: "(...) B. Planta endurecida de caña de azúcar B.2. El envío debe venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, en el cual se consigne: (...)" DEBE DECIR: "(...) B. Planta endurecida de caña de azúcar B.1 Que el envío deberá contar con un Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificación y embarque en el país de origen o procedencia. B.2. El envío debe venir acompañado de un Certificado Fitosanitario oficial del país de origen, en el cual se consigne: (...)" 1438581-1

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