Norma Legal Oficial del día 09 de octubre del año 2016 (09/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Domingo 9 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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el cargo de libre designación y remoción de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, Director de la Dirección de Promoción de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Cultos; Que, el referido funcionario ha presentado su renuncia al citado cargo, la cual resulta pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que la reemplazará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Miguel Ángel Soria Fuerte, en el cargo de libre designación y remoción de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, Director de la Dirección de Promoción de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Alberto Echegaray Canales en el cargo de libre designación y remoción de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, Director de la Dirección de Promoción de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Cultos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1439038-2

aptos para ser ascendidos, con fecha 01 de enero de 2017, en las siguientes categorías del Servicio Diplomático de la República: Para la categoría de: - Embajador - Ministro - Ministro Consejero - Consejero - Primer Secretario - Segundo Secretario Número de Vacantes: 04 02 02 02 02 02

Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1439097-5

SALUD
Decreto Supremo que declara en reorganización el Seguro Integral de Salud - SIS
DECRETO SUPREMO Nº 039-2016-SA EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, los artículos 7 y 9 de la Constitución Política del Perú reconocen que todos tienen derecho a la protección de su salud y el Estado determina la política nacional de salud, de modo que el Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación y es responsable de diseñarla y conducirla en forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, la Ley Nº 26842, Ley General de Salud en sus Artículos II y VI del Título Preliminar establece que la protección de la salud es de interés público, es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; asimismo, se señala que es irrenunciable la responsabilidad del Estado en la provisión de servicios de salud pública. El Estado interviene en la provisión de servicios de atención médica con arreglo a principios de equidad; Que, el Ministerio de Salud, en ejercicio de su rol rector en el sector salud, tiene la responsabilidad de establecer de manera descentralizada y participativa las normas y las políticas relacionadas con la promoción, la implementación y el fortalecimiento del aseguramiento universal en salud, conforme lo establece el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA; Que, asimismo, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud y es la máxima autoridad en materia de salud; su finalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación en salud de la población; conforme lo establece la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, el Seguro Integral de Salud ­ SIS se crea mediante Ley Nº 27657, como un Organismo Público

RELACIONES EXTERIORES
Amplían número de vacantes para el proceso de promociones de los funcionarios diplomáticos aptos para ser ascendidos en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 218-2016-RE Lima, 6 de octubre de 2016 VISTA: La Resolución Suprema N° 186-2016-RE, que aprueba el número de vacantes por categoría para los funcionarios del Servicio Diplomático de la República aptos para ser ascendidos con fecha 01 de enero de 2017; CONSIDERANDO: Que, por necesidad del Servicio, se ha dispuesto la ampliación de las vacantes para el proceso de promociones del Servicio Diplomático de la República, de los funcionarios diplomáticos aptos para ser ascendidos con fecha 01 de enero de 2017, a las categorías de Embajador, Ministro, Ministro Consejero, Consejero, Primer Secretario y Segundo Secretario; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y sus modificatorias, así como su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Ampliar el número de vacantes para el proceso de promociones de los funcionarios diplomáticos

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