Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2016 (11/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 11 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; en su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 003-2012-MIMP y sus modificatorias; y, en la Resolución Ministerial Nº 134-2015-MIMP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor HUMBERTO MARTÍN CONTRERAS FLORES al cargo de confianza de Coordinador de la Sub Unidad de Logística de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor JUAN FAUSTINO SALCEDO ARTICA en el cargo de confianza de Coordinador de la Sub Unidad de Logística de la Unidad de Administración del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar ­ INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1439530-3

PRODUCE
Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre carne y productos cárnicos, maíz amiláceo, cebada, cerveza, aditivos alimentarios y otros
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 028-2016-INACAL/DN Lima, 6 de octubre de 2016 VISTO: El acta de fecha 29 de setiembre de 2016 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos afines; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Carne y productos cárnicos, b) Cereales, leguminosas y productos derivados, c) Cerveza, d) Aditivos alimentarios, e) Vidrio, cerámica, refractarios y abrasivos, f) Papa y sus derivados, g) Cacao y chocolate; h) Hortalizas y productos derivados, i) Panadería, pastelería y galletería; j) Plaguicidas de uso agrícola, k) Productos forestales maderables transformados, l) Explosivos y accesorios de voladura, m) Informática en la salud, n) Industria de la pintura y el color, ñ) Joyería y orfebrería de metales preciosos, o) Ingeniería ferroviaria, p) Transformadores y q) Calidad de agua; sustentan la propuesta de aprobación de 23 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, en sus informes que obran en sus expedientes respectivos, y solicitan dejar sin efecto 19 Normas Técnicas Peruanas, por los motivos

Designan Asesor II del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 279-2016-MIMP Lima, 10 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, organismo del Poder Ejecutivo, rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, con personería jurídica de derecho público que constituye un pliego presupuestal; Que, se encuentra vacante el cargo de confianza de Asesor/a II del Despacho Ministerial de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ Plaza Nº 005 del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del MIMP, en consecuencia es necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Oficina General de Recursos Humanos y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JUAN SÁNCHEZ BARBA en el cargo de confianza de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables MIMP 1439569-1

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