Norma Legal Oficial del día 16 de octubre del año 2016 (16/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Domingo 16 de octubre de 2016 /

El Peruano

de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, y; Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 1° de la Resolución Viceministerial Nº 330-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, para distintas localidades del departamento de Lima, a fin de modificar los planes de las localidades de BARRANCA-PATIVILCA y PARAMONGA; conforme se indica a continuación:
Localidad: BARRANCA-PARAMONGA-PATIVILCA-SUPE-SUPE PUERTO Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización Plan de Asignación Canales Frec. Video (MHz) Frec. Audio (MHz) 2 55.25 59.75 4 67.25 71.75 5 77.25 81.75 7 175.25 179.75 9 187.25 191.75 11 199.25 203.75 13 211.25 215.75 - Total de canales: 7 - La máxima e.r.p. a ser autorizada: 10 KW.

Artículo 2º.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones es la dependencia responsable de la observancia de las condiciones técnicas previstas en el Plan de Asignación de Frecuencias aprobado. En tal sentido, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modificación de características técnicas observará su estricto cumplimiento. Asimismo, la citada Dirección General, en la evaluación de las solicitudes de autorización para prestar el servicio de radiodifusión por televisión en VHF, cautelará el cumplimiento de las disposiciones previstas en el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1441897-1

Reconocen a persona natural como titular de autorización para prestar servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Huarmey, departamento de Ancash
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1334-2016-MTC/03 Lima, 5 de octubre de 2016 VISTO, el escrito de registro Nº T-016032-2016 del 18 de enero de 2016, presentado por el señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES, sobre aprobación de transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 387-2011-MTC/03, para prestar el servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Huarmey, departamento de Ancash, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 387-2011-MTC/03 del 26 de abril de 2011, se otorgó autorización al señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES, por el plazo de diez (10) años, para prestar el

servicio de radiodifusión por televisión comercial en VHF, en la localidad de Huarmey, departamento de Ancash, con vigencia hasta el 29 de abril de 2021; Que, con escrito de Visto, el señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES solicitó la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 387-2011-MTC/03, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY; Que, el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 73 de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, siempre que hayan transcurrido al menos dos (02) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se configure alguna de las causales establecidas en el artículo 23 de la citada Ley; requiriéndose de previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27 de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74 y 76 de su reglamento, establece las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante el Informe N° 2372-2016MTC/28, opina que se debe aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES por Resolución Viceministerial Nº 387-2011-MTC/03, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY, y reconocer a esta última como nueva titular de la citada autorización, asumiendo los derechos y obligaciones derivados de la misma; al haberse cumplido con la presentación de los requisitos previstos para tal efecto y verificar que no se ha incurrido en los impedimentos o causales para denegar la transferencia de la autorización solicitada, contemplados en la Ley de Radio y Televisión y su reglamento; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278 y sus modificatorias, su reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC y sus modificatorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial Nº 387-2011MTC/03 al señor ROBIN ERNESTO GOMEZ CORRALES, a favor de la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, relacionados a dicha autorización. Artículo 2.- Reconocer a la señora GLORIA RUBINA CUADROS CABALLERO DE HUAYANEY como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 387-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo ésta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1441901-1

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