Norma Legal Oficial del día 22 de octubre del año 2016 (22/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Sábado 22 de octubre de 2016 /

El Peruano

e Innovación Tecnológica, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2007-ED y la Ley Nº 28613, Ley del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, dicha entidad se constituye en el organismo rector del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - SINACYT, encargado de normar, dirigir, orientar, fomentar, coordinar, supervisar y evaluar las acciones del Estado en el ámbito de la ciencia, tecnología e innovación tecnológica; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del CONCYTEC, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2014-PCM, establece que una de las funciones del CONCYTEC es promover la articulación de la investigación científica y tecnológica, y la producción del conocimiento con los diversos agentes económicos y sociales, para el mejoramiento de calidad de vida y el impulso de la productividad y competitividad del país, así como implementar mecanismos de coordinación, intercambio y concertación entre las instituciones integrantes del SINACYT con el empresariado, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior; Que, conforme al artículo 31, del citado Reglamento de Organización y Funciones, la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales, es la unidad orgánica de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, responsable de identificar, coordinar, promover, proponer y evaluar las acciones en materia de cooperación técnica nacional e internacional del CONCYTEC, así como proponer lineamientos en materia de cooperación hacia las entidades del SINACYT, tiene como una de sus funciones diseñar y articular mecanismos de cooperación con otros países y organismos internacionales en materia de CTeI para fortalecer el CONCYTEC y SINACYT, generando y priorizando la cartera de proyectos de cooperación internacional; Que, mediante la Carta s/n de fecha 16 de setiembre del 2016, el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas de Argentina (CONICET), invita a la servidora Marissa Anelí González Otoya Barrera a la "Reunión Regional de América" del Global Research Council (GRC), en adelante, la Reunión Regional, que se realizará en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 25 al 27 de octubre de 2016; cuyo objetivo es consolidar una visión regional respecto a la construcción de capacidades y conectividad entre agencias financiadoras en todo el mundo y a la interacción dinámica entre investigación básica e innovación; Que, mediante Informe N° 110-2016-CONCYTECOGPP-OCTAI de fecha 6 de octubre de 2016, la Jefa (e) de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales del CONCYTEC, señala que el Global Research Council (GRC) es una organización compuesta por agencias nacionales operadoras de recursos para ciencia e ingeniería en todo el mundo, cuyo fin es promover el intercambio de información y buenas prácticas a través de reuniones regionales en las cuales se discuten 2 temas y cuyas conclusiones alimentan la reunión Global, la misma que se realiza en el mes de mayo y congrega a los representantes de los Consejos Nacionales de Investigación y agencias de financiamiento de la CTI a nivel mundial; la Reunión Global tiene como propósito elaborar los estándares internacionales bajo los que deben actuar los consejos nacionales de investigación y agencias de financiamiento; Que, asimismo, el referido Informe señala que, en mayo del 2017 se realizará la Reunión Global del GRC, en la cual el CONCYTEC participa como coorganizador al formar parte del Comité Directivo y entre sus responsabilidades se encuentra: i) difundir, entre los demás países de la región, la importancia y el trabajo del GRC; ii) participar regularmente en las conferencias virtuales de coordinación con los miembros del Comité; y iii) aportar en la orientación técnicas de las temáticas a discutir en la reunión regional en Argentina y en la Reunión Global en Canadá. Precisa además que, es importante la participación del CONCYTEC en la Reunión Regional ya que constituye un espacio en el que se expondrá la posición institucional respecto a las dos temáticas técnicas seleccionadas: i) Construcción de capacidades y conectividad entre agencias financiadoras en todo el mundo; y, ii) La interacción dinámica entre investigación

básica e innovación. Asimismo, se recabarán los antecedentes necesarios para la Reunión Global 2017, en la cual el CONCYTEC es el co-organizador conjuntamente con el Consejo Nacional de Ingenierías y Ciencias Naturales de Canadá (NSERC); Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d), e), f) y g) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, por las razones expuestas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la servidora Marissa Anelí González Otoya Barrera, Jefa (e) de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales del CONCYTEC; siendo que los organizadores del evento cubrirán parcialmente con los gastos por conceptos de alimentación y alojamiento de algunos días del evento, por lo que corresponde otorgar viáticos parciales, los que serán cubiertos con cargo al presupuesto del CONCYTEC, al igual que los pasajes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus normas modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la servidora Marissa Anelí González Otoya Barrera, Jefa (e) de la Oficina de Cooperación Técnica y Asuntos Internacionales del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 24 al 28 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución suprema, se efectuarán con cargo al presupuesto del CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluidos TUUA) : US$ 1,189.52 Viáticos (parciales) : US$ 925.00 TOTAL : US$ 2,114.52 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la servidora comisionada deberá presentar ante su Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente resolución suprema no dará derecho a la exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1444966-5

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