Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2016 (25/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Martes 25 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

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para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales; Que, de otro lado, en el marco de lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI realiza acciones durante el Año Fiscal 2016 que permitan brindar la atención oportuna ante desastres de gran magnitud, rehabilitación post desastre de la infraestructura pública dañada, así como reducir los probables daños que pueda generar el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico ­ científico competente; Que, mediante el artículo 4 de la Directiva Nº 001-2015-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para sustentar la necesidad de Actividades de Emergencia y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 008-2015-EF/63.01 y modificada mediante Resolución Directoral Nº 001-2016-EF/63.01, se dispone que la mencionada Directiva es de aplicación a las Entidades del Sector Público No Financiero de los tres (03) niveles de gobierno, para ejecutar acciones ante la ocurrencia de desastres de gran magnitud producidos durante el último trimestre del Año Fiscal 2015, así como los desastres de gran magnitud que se produzcan o pudieran producirse durante el Año Fiscal 2016; y los Proyectos de Inversión Pública de emergencia declarados elegibles en el Año Fiscal 2015 a los que no se les hubiera asignado recursos en dicho año fiscal; Que, asimismo, la Directiva Nº 002-2015-EF/63.01 "Directiva del Procedimiento Simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de Emergencia ante la presencia de desastres", aprobada mediante Resolución Directoral Nº 009-2015-EF/63.01, establece un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres que declare elegibles la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, como requisito previo a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30373; Que, el numeral 7.8 del artículo 7 de la referida Directiva señala que el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI en un plazo máximo de cinco (05) días calendario contados desde el día siguiente de haber recibido la declaratoria de elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia por parte de la Dirección General de Inversión Pública, solicitará los recursos al Ministerio de Economía y Finanzas conforme a la normatividad presupuestal vigente; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio Nº 3670-2016/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO DIECISIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES (S/ 117 293,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Arequipa del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de cuatro (04) Proyectos de Inversión Pública de Emergencia denominados "Rehabilitación de canal Mismi, de la localidad de Yanque Urinsaya, distrito de Yanque, provincia Caylloma, región de Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016", "Rehabilitación del canal Secundario Compullo, de la localidad de Yanque Anansaya distrito de Yanque, provincia de Caylloma, región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016", "Rehabilitación de canal de riego principal Tañapaque, localidad Coporaque, distrito Coporaque, provincia de Caylloma, región Arequipa ­ afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016" y "Rehabilitación de canal de riego Silanta, distrito Madrigal ­ Caylloma ­ región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016", los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 5484-2016-EF/63.01;

Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio Nº 3671-2016/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 192 598,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Arequipa del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la ejecución de cinco (05) Proyectos de Inversión Pública de Emergencia denominados "Rehabilitación de canal de riego principal Sallihua, localidad Coporaque, distrito Coporaque, provincia de Caylloma, región Arequipa ­ afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016", "Rehabilitación de canal Aparaya, distrito de Achoma provincia Caylloma región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016", "Rehabilitación de canal Sihua Faty, distrito de Achoma provincia Caylloma región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016", "Rehabilitación de canal El Pueblo, distrito de Achoma provincia Caylloma región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016" y "Rehabilitación del canal principal Huancaro, distrito de Achoma, provincia de Caylloma, región Arequipa, afectado por el sismo ocurrido el 14 de agosto del 2016", los cuales han sido declarados elegibles por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Oficio Nº 5461-2016-EF/63.01; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiéndose para tal efecto, autorizar la incorporación de recursos mediante un Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 309 891,00) a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la Ocurrencia de Desastres Naturales; la Ley Nº 30373, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Directiva Nº 001-2015-EF/63.01 aprobada mediante Resolución Directoral Nº 008-2015-EF/63.01, modificada por la Resolución Directoral Nº 001-2016EF/63.01 y la Directiva Nº 002-2015-EF/63.01 aprobada mediante Resolución Directoral Nº 009-2015-EF/63.01; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 309 891,00) a fin de atender nueve (09) Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, para la situación descrita en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO En Soles 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito 309 891,00 ---------------TOTAL INGRESOS 309 891,00 =========

GASTOS SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción

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