Norma Legal Oficial del día 25 de octubre del año 2016 (25/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano / Martes 25 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

602353

CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio OF.RE (DGM-DAS) Nº 2-16-A/23 del 19 de setiembre de 2016, el Despacho Viceministerial del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, las copias de las comunicaciones que la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe ­ CEPAL ha hecho llegar a la referida Cancillería con la finalidad de invitar al Gobierno peruano para participar de la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, a celebrarse del 25 al 28 de octubre de 2016, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay y, de la 54º Reunión de la Mesa Directiva de la mencionada Conferencia Regional, de la cual el Perú es miembro, a llevarse a cabo el 25 de octubre de 2016, en la mencionada ciudad; Que, asimismo, se indica que la Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe es un órgano subsidiario de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe ­ CEPAL que se convoca periódicamente para identificar las necesidades de las mujeres a nivel regional y subregional, realizar evaluaciones de las actividades llevadas a cabo en cumplimiento del Consenso de Santo Domingo y de los acuerdos y planes regionales e internacionales sobre el tema, siendo que la XIII Conferencia Regional se centrará en la igualdad de género, la autonomía de las mujeres y el proceso global de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible; asimismo, las delegaciones elegirán la Mesa Directiva de la mencionada Conferencia Regional, que ejercerá su función durante tres años; Que, en el marco de la XIII Conferencia Regional sobre Mujer de América Latina y el Caribe, mediante Carta DDR043-2016 del 5 de octubre de 2016, la Directora Regional, Américas y el Caribe de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género y el Empoderamiento de las Mujeres ­ ONU Mujeres ha invitado a la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, para participar de un desayuno de trabajo con la Subsecretaria General de las Naciones Unidas y Directora Ejecutiva Adjunta de ONU Mujeres, la Secretaria Ejecutiva de la CEPAL y la Directora de la División de Asuntos de Género de la CEPAL, a llevarse a cabo el 26 de octubre de 2016, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, en donde abordarán como agenda de trabajo los siguientes temas: el empoderamiento económico de las mujeres en un mundo laboral cambiante, otros procesos intergubernamentales y prioridades corporativas de ONU Mujeres; Que, mediante Informe Nº 043-2016-MIMP/ OGPP-OCIN del 21 de octubre de 2016, la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ha señalado que la participación de la Viceministra de la Mujer en los eventos en mención, guarda estrecha relación con los temas materia de competencia del referido Sector, previstos en el artículo 5 de su Ley de Organización y Funciones; siendo que con ello se permitirá conocer y examinar los logros y desafíos regionales para alcanzar la igualdad de género en el contexto de desarrollo sostenible; asimismo, se marcará la presencia del referido Sector en un espacio de concertación y diálogo internacional y se intercambiarán experiencias, con lo que se mejorará y fortalecerán las relaciones con los países miembros de la CEPAL; además se precisa que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales asignados a dicho Ministerio; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados desde el literal a) hasta el literal g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolución suprema; Que, en tal sentido y por ser de interés para el país, resulta necesario autorizar el viaje de la señora

Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para que participe de la XIII Conferencia Regional sobre la Mujer de América Latina y el Caribe, de la 54º Reunión de la Mesa Directiva de la mencionada Conferencia Regional y de la reunión de trabajo con la Subsecretaria General de las Naciones Unidas y Directora Ejecutiva Adjunta de ONU Mujeres; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora RUSSELA ANTONIETA ZAPATA ZAPATA, Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 25 al 29 de octubre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye TUUA) : US$ 2 354.63 Viáticos (por 4 días) : US$ 1 480.00 Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no libera, ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida servidora deberá presentar, ante la Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como la rendición de cuentas por viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1445576-2

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Representante Permanente del Perú ante la FAO, el Programa Mundial de Alimentos y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 233-2016-RE Lima, 24 de octubre de 2016 VISTA: La Resolución Suprema N° 210-2016-RE, que nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en

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