Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 8 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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- Jefe del Estado Mayor General del Ejército del Perú. - Jefe del Estado Mayor General de la Marina de Guerra del Perú. - Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú. Artículo 2.- Funciones El Comité de Inversiones designado en el artículo 1, ejercerá sus funciones de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1224 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 410-2015-EF. Artículo 3.- Publicación y Registro De acuerdo a lo señalado en el numeral 8.2 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1224, la presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Oficial y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas. Artículo 4.- Notificación Remitir copia de la presente resolución a los miembros del Comité designado en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa 1425455-1

y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a un (01) militar de la República Federal de Alemania, dos (02) militares del Estado Plurinacional de Bolivia, dos (02) militares de la República Federativa del Brasil, un (01) militar de Canadá, dos (02) militares de la República del Ecuador, dos (02) militares del Reino de España, cinco (05) militares de los Estados Unidos de América, un (01) militar de la República de Indonesia, tres (03) militares de los Estados Unidos Mexicanos; y, dos (02) militares de la República de Panamá, del 12 al 16 de setiembre de 2016, con la finalidad de participar en el "III Simposio Internacional de Seguridad y Defensa", organizado por la Marina de Guerra del Perú, que se realizará en la ciudad de Lima. Artículo 2.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fin que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIANO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Ministro de Defensa

Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Alemania, Bolivia, Brasil, Canadá, Ecuador, España, EE.UU., Indonesia, México y Panamá
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 964-2016-DE/SG Lima, 6 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 695, del 31 de agosto de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federal de Alemania, Estado Plurinacional de Bolivia, República Federativa del Brasil, Canadá, República del Ecuador, Reino de España, Estados Unidos de América, República de Indonesia, Estados Unidos Mexicanos y de la República de Panamá, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500- 3926, del 29 de agosto de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federal de Alemania, Estado Plurinacional de Bolivia, República Federativa del Brasil, Canadá, República del Ecuador, Reino de España, Estados Unidos de América, República de Indonesia, Estados Unidos Mexicanos y de la República de Panamá, sin armas de guerra, del 12 al 16 de setiembre de 2016, con la finalidad de participar en el "III Simposio Internacional de Seguridad y Defensa", organizado por la Marina de Guerra del Perú, que se realizará en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares

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Modificado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209

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Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Argentina, Paraguay y EE.UU.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 965-2016-DE/SG Lima, 6 de setiembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 0701, del 01 de setiembre de 2016, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina, sin armas de guerra; Que, con Oficio G.500- 3937, del 31 de agosto de 2016, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Argentina, del 12 al 16 de setiembre de 2016, con la finalidad de participar en la XXIII Reunión Bilateral de Inteligencia con la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para

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