Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2016 (16/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 16 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599237

inscripción de la asociación o fundación en la Oficina de los Registros Públicos correspondientes, copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, y el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo a su Estatuto; además, se señala que la inafectación se aplicará por el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura; Que, a través de la Resolución Directoral N° 046-2016-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 26 de febrero de 2016, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura otorga el reconocimiento como Asociación Cultural a la Asociación Cultural Drama, por una vigencia de dos (2) años renovables; Que, mediante Formulario FP07DGIA, de fecha 15 de abril de 2016, la señora Graciela Elvira Raquel Giraldez Castro, Presidenta del Consejo Directivo de la Asociación Cultural Drama, solicita la inafectación al Impuesto General a las Ventas respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la Asociación Cultural, definido en su Estatuto; Que, con Informe N° 49-2016-VLB/DIA/DGIA/VMPCIC/ MC de fecha 28 de abril de 2016, hecho suyo por la Dirección de Artes a través del Informe N° 000347-2016/ DIA/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 04 de mayo de 2016, se señala que los fines descritos en el artículo cuarto del Estatuto de la Asociación Cultural Drama, se circunscriben al ámbito cultural, y que asimismo, la solicitante ha cumplido con adjuntar a su solicitud los requisitos exigidos para el otorgamiento de la resolución de inafectación; Que, con Informe N° 000171-2016/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 10 de mayo de 2016, ratificado a través del Informe N° 000260-2016/DGIA/VMPCIC/MC de fecha 26 de agosto de 2016, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la prestación de servicios culturales de la Asociación Cultural Drama, se encuentra acorde al objeto que consta en el Estatuto de esta Institución Cultural; Que, mediante Informe N° 000001-2016-AAE/OGAJ/ SG/MC de fecha 11 de mayo de 2016, ratificado con Informe N° 000044-2016-AAE/OGAJ/SG/MC de fecha 6 de setiembre de 2016, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que lo solicitado por la Asociación Cultural Drama es viable; De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Decreto Supremo N° 07597-EF, modificado por Decreto Supremo N° 018-2013EF, que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorízase la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la Asociación Cultural Drama, conforme se indica en su Estatuto. La inafectación se aplicará durante el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura mediante la Resolución Directoral N° 046-2016-DGIA-VMPCIC/MC. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT). Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Segunda Vicepresidenta de la República Encargada del Despacho de la Presidencia de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1429668-4

Aceptan renuncia de Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 332-2016-MC Lima, 15 de setiembre de 2016 Vista, la Carta de fecha 14 de setiembre de 2016 presentada por el señor Rafael Eduardo García Melgar; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 283-2016MC de fecha 02 de agosto de 2016, se designó al señor Rafael Eduardo García Melgar, en el cargo de confianza de Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Cultura; Que, mediante documento del visto, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando como Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Cultura, resultando pertinente aceptar la misma; Con el visado de la Secretaria General y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Resolución Ministerial Nº 183-2016-MC, que aprueba el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Rafael Eduardo García Melgar, al cargo de Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Cultura 1429512-1

DEFENSA
Aprueban la actualización de 45 Formularios de Información de las Estaciones GNSS Permanente para su empleo en las actividades geodésicas y topográficas
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0066-2016 /IGN/OAJ Surquillo, 30 de mayo de 2016 Visto; Hoja de Trámite N° 001-2016/IGN/DGV/CPG del 26 de mayo de 2016, y el Informe de Procesamiento GNSS y Actualización de los Formularios de la Información de las Estaciones GNSS Permanente de la REGPMOC; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a la Ley Nº 27292, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005 ­ DE/SG y el Decreto Supremo Nº 034 ­ 2008 ­ PCM que aprueba la Calificación de Organismos Públicos, el Instituto Geográfico Nacional, es un organismo público ejecutor del Sector Defensa, con personería jurídica de derecho público interno. Goza de autonomía técnica, administrativa y económica, constituye un pliego presupuestal del Sector Defensa;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.