Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2016 (16/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Viernes 16 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

599251

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30057, se aprobó la Ley del Servicio Civil, la misma que en la Cuarta Disposición Complementaria Final establece que el Cuadro para Asignación de Personal - CAP y el Presupuesto Analítico de Personal - PAP serán sustituidos por el instrumento de gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE"; Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, se formalizó la aprobación de la modificatoria de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE"; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.5 de la Directiva mencionada precedentemente, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley N° 30057. Las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas, entre otros, en el Anexo 4 de la aludida Directiva; Que, en ese sentido, el numeral 1.2 del Anexo N° 4 de la Directiva antes mencionada, establece que aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su CAP, con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público; Que, el literal h) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30372, Ley del Presupuesto para el Sector Público para el año fiscal 2016, autoriza el nombramiento hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, definidos en la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153; Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2015-SA se aprobó los Lineamientos para el proceso de nombramiento de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, que prestan servicios en el Ministerio de Salud, sus organismos públicos, las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, y las Comunidades Locales de Administración de Salud -- CLAS; Que, los numerales 4.1. y 4.2 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", modificada por Resolución de Presidencia

Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, establecen que la aprobación del CAP Provisional, en el caso de los organismos públicos, se realiza mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector, condicionada al informe de opinión favorable que emita SERVIR; Que, a través del Oficio N° 1127-2016-SERVIR/ PE e Informe N° 080-2016-SERVIR/GDSRH, Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, emite opinión técnica favorable al proyecto del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, recomendando su aprobación; Que, de otro lado, mediante Oficio N° 1125-2016-J/ IGSS, el Jefe Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, solicita la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de dicha entidad; Estando a lo informado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, y con las visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, así como en la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS, que contiene un total de treinta y ocho mil setecientos treinta (38,730) cargos clasificados, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicación La presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional que aprueba serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. El Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS aprobado en el artículo precedente, será publicado, además, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Instituto de Gestión de Servicios de Salud - IGSS (www. igss.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1429152-4

Aprueban Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud - INS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 705-2016/MINSA Lima, 14 de setiembre del 2016 Vistos, el Oficio N° 1128-2016-SERVIR/PE y el Informe N° 084-2016-SERVIR/GDSRH, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, así como los Oficios N°s. 793-2016-JEF-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.