Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2016 (27/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Martes 27 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600105

MUNICIPALIDAD DE COMAS
FE DE ERRATAS ORDENANZA MUNICIPAL N° 484/MC Mediante Oficio N° 139-2016-SG/MC, recibido el 26 de setiembre de 2016, la Municipalidad Distrital de Comas solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Municipal Nº 484/MC, publicada en la edición del 17 de setiembre de 2016. En el Artículo Primero.DICE: Artículo 144. Incorporar el numeral 20) DEBE DECIR: Artículo 144. Incorporar el numeral 19) 1433375-1

de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, le invita a participar de la II Cumbre de Ciudades Líderes en Movilidad Sustentable de América Latina (II Cumbre MUSAL), que se llevará a cabo del 27 al 30 de noviembre del año 2016, en México. El Concejo, luego del debate de estilo, emitió el respectivo acuerdo. Por lo que, con el voto por Unanimidad de los Señores Regidores, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta para tomar el acuerdo y de conformidad con los artículos 17º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades. SE ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR ausentarse del país, en comisión de servicios y representación de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, Manuel Antenor Becerra Vílchez, para participar de la II CUMBRE DE CIUDADES LÍDERES EN MOVILIDAD SUSTENTABLE DE AMÉRICA LATINA (II CUMBRE MUSAL), que se llevará a cabo del 27 al 30 de noviembre del año 2016, en México. Artículo Segundo.- AUTORIZAR los gastos por concepto de viáticos conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, según sus competencias, cumplir con presupuestar y otorgar los gastos que irrogue dicho viaje, afectando el egreso en la partida presupuestal correspondiente, por cada día de gestión autorizado por el Concejo Municipal y con la escala establecida para dicho fin. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que dentro de los quince días calendario posteriores a su retorno al país, el Señor Alcalde, cuyo viaje se autoriza en el presente, deberá presentar a la Municipalidad Provincial de Cajamarca un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el evento al que asistirán; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas, de acuerdo a Ley. Artículo Quinto.- PRECISAR que el presente Acuerdo no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, a Gerencia Municipal, Oficina General de Administración y a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el presente acuerdo. Artículo Sétimo.- HACER de conocimiento el presente Acuerdo de Concejo, al Teniente Alcalde Marco Antonio Gallardo Silva, para que se haga cargo del despacho de Alcaldía conforme a Ley, por el lapso que dure la comisión de servicio autorizada para el señor Alcalde. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL ANTENOR BECERRA VILCHEZ Alcalde Provincial 1433313-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA
Autorizan viaje de Alcalde a México, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 191-2016-CMPC Cajamarca, 8 de septiembre del 2016. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 07 de septiembre del año 2016, la Carta S/N de fecha 01 de agosto del 2016, emitido por el Jefe de Gobierno de la ciudad de México, Miguel Ángel Mancera Espinosa, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de reforma de la Constitución Política del Perú, Ley N° 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades; la Municipalidad Provincial de Cajamarca es un órgano de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el señor Alcalde manifiesta que, a través del documento del visto, el Jefe de Gobierno de la ciudad

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN

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