Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2016 (27/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 27 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600101

Que, por Informe Nº 351-2016-GR CUSCO/ ORAJ, de fecha 19 de setiembre del 2016, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica opina que la propuesta de Cuadro de Asignación de Personal Provisional de la Dirección Regional de Salud Cusco y de sus Órganos Desconcentrados, se ha formulado conforme a los procedimientos establecidos y cumple los requisitos exigidos por la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GPGSC sobre "NORMAS PARA LA GESTIÓN DEL PROCESO DE ADMINISTRACIÓN DE PUESTOS, Y ELABORACIÓN Y APROBACIÓN DEL CUADRO DE PUESTOS DE LA ENTIDAD -- CPE" aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modificada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, ameritando su aprobación para que se prosiga con el trámite de nombramiento del Personal Asistencial de Salud conforme lo establecen las normas al respecto; Unidad Ejecutora 400 401 402 403 404 405 406 407 408 409 410 Dirección Regional de Salud Cusco Salud Canas Canchis Espinar Hospital Regional de Cusco Hospital Antonio Lorena Red de Servicios de Salud La Convención Red de Servicios de Salud Cusco Sur Red de Servicios de Salud Kimbiri Red de Servicios de Salud Cusco Norte Hospital de Espinar Hospital de Sicuani Hospital de Quillabamba TOTAL

Que, estando a lo establecido por la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización ­ Ley Nº 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y sus modificatorias y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional de Cusco, aprobado con Ordenanza Regional Nº 049-2013-CR/GRC.CUSCO, el Consejo Regional de Cusco: Ha dado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P de la Dirección Regional de Salud Cusco y Órganos Desconcentrados que constituyen en once (11) anexos que comprenden a cada Unidad Ejecutora de conformidad al siguiente detalle: CAP P Vigente CAP Provisional Prevista 182 367 654 1020 775 1740 483 1258 167 230 263 7139 Total 423 427 1230 1515 978 2284 579 1922 293 421 517 10589 Ocupada 241 372 636 548 295 755 96 664 139 191 254 4191 Prevista 182 55 594 967 683 1529 483 1258 154 230 263 6398

Total 423 794 1230 1515 1031 2284 579 1922 293 421 460 10952

Ocupada 241 427 576 495 256 544 96 664 126 191 197 3813

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de Salud la implementación de la presente norma regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco remitir una copia del Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP Provisional aprobado al Ministerio de Salud y al SERVIR. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional al Gobernador Regional de Cusco, a la Gerencia General Regional, a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Dirección Regional de Salud. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Sexto.- DISPONER la dispensa de Lectura y Aprobación de Acta a la presente Ordenanza Regional, para proceder a su implementación. Artículo Séptimo.- ENCARGAR al Ejecutivo del Gobierno Regional, publicar y difundir, la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", Diario Judicial de la Región y el Portal Electrónico de la Institución, de conformidad con el Artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­ Ley Nº 27867. DISPOSICIÓN DEROGATORIA

POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional del Cusco, a los 23 días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. EDWIN LICONA LICONA Gobernador Regional Gobierno Regional Cusco 1433253-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 420-MDA Ate, 21 de setiembre del 2016 POR CUANTO:

Artículo Único.- DÉJESE SIN EFECTO toda disposición legal según corresponda, en cuanto se oponga a la presente Ordenanza Regional. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Cusco para su promulgación. Dado en la ciudad de Cusco, a los veinte días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis. ABEL PAUCARMAYTA TACURI Consejero Delegado Consejo Regional de Cusco

El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de setiembre del 2016, visto, el Dictamen Nº 009-2016-CPEAF de la Comisión de Planificación Estratégica, Administración y Finanzas; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, establece que las

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