Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2016 (28/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 28 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

600199

CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 039-2009-AG, de fecha 18 de setiembre de 2009, se designó al Director General de Asuntos Ambientales como representante del Ministerio de Agricultura, en el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI; Que, la actual estructura orgánica del Ministerio de Agricultura y Riego, contemplada por el Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias, considera la denominación de Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios, por lo que es necesario dar por concluida la referida designación, y proceder, en tal sentido, a oficializar el reemplazo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27603, Ley de Creación del Banco Agropecuario; la Ley N° 29064, modificada por el Decreto Legislativo N° 995; el Decreto N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MÍNAGRI, y sus modificatorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, a partir de la fecha, la designación del Director General de Asuntos Ambientales, como representante del Ministerio de Agricultura, en el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, en representación del Ministerio de Agricultura y Riego, en el Consejo Directivo del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología - SENAMHI. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1434309-8

Que, según el inciso 5 del artículo 15º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, el inciso 208.1 del artículo 208º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 01-2010-AG, establece que la reserva de recursos hídricos se otorga por un período de dos años prorrogables, mientras subsistan las causas que la motiven. Esta reserva no faculta el uso del agua; Que, mediante Resolución Jefatural N° 677-2011ANA, se renovó a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la reserva de recursos hídricos provenientes de la Cuenca del Río Chonta, para la ejecución del "Proyecto Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta", por un volumen anual de hasta 66.82 MMC, cuyo volumen reservado con fines poblaciones es de 11.67 MMC y agrícolas en 55.15 MMC; Que, la citada reserva de recursos hídricos fue prorrogada a través de la Resolución Jefatural N° 0882014-ANA, por el plazo de dos años, contados a partir del 07 de octubre del 2013, y venció el 07 de octubre del 2015; Que, la Municipalidad Provincial de Cajamarca ha solicitado se prorrogue la reserva de recursos hídricos otorgada para el Proyecto de Inversión Pública con código SNIP N° 76288 denominado "Construcción - Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta, provincia de Cajamarca - Cajamarca", indicando que cuentan con la resolución de aprobación del expediente técnico y que vienen gestionando el financiamiento para su ejecución con el Gobierno Central; Que, en este sentido, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos a través del Informe Técnico Nº 20-2016-ANA-DCPRH-ERH-SUP/MECL de fecha 16 de agosto del 2016, refiere que la recurrente ha presentado el avance del Proyecto, el mismo que ha sido evaluado por la Oficina de Programación e Inversiones de la citada Municipalidad y aprobado a nivel de factibilidad según Informe Técnico N° 0302012-MPC/OPI-OPP-NAVC/EAB/SHYRA, razón por la cual es procedente prorrogar la reserva de recursos hídricos; Que, en tal sentido corresponde que se otorgue con eficacia anticipada, la prórroga de la reserva de recursos hídricos a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca para la ejecución del Proyecto "Construcción - Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta, provincia de Cajamarca - Cajamarca"; Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos con los vistos de Secretaría General y la Oficina de Asesoría Jurídica, así como de conformidad con lo establecido en el artículo 103° de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206° de su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la prórroga de reserva de recursos hídricos Prorrogar, con eficacia anticipada al 07 de octubre de 2015, y por el plazo de dos (02) años, a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, la reserva de recursos hídricos provenientes de la Cuenca del Río Chonta, prorrogada por Resolución Jefatural Nº 0882014-ANA, para el Proyecto "Construcción - Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta, provincia de Cajamarca - Cajamarca", por un volumen anual de hasta 66.82 MMC, de los cuales 11.67 MMC es para fines poblaciones, y 55.15 MMC para fines agrícolas. Artículo 2°.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Marañón y la Administración Local de Agua Cajamarca son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución, debiendo informar

Prorrogan a favor de la Municipalidad Provincial de Cajamarca la reserva de recursos hídricos para el Proyecto "Construcción - Regulación de las Aguas del Río Chonta mediante la Presa Chonta, provincia de Cajamarca - Cajamarca"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 252-2016-ANA Lima, 27 de setiembre de 2016 VISTO: El escrito ingresado con Código Único de Trámite N° 123045 - 2016, de la Municipalidad Provincial de Cajamarca sobre prórroga de reserva de recursos hídricos; y,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.