Norma Legal Oficial del día 01 de abril del año 2017 (01/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 1 de abril de 2017 /

El Peruano

b) Liquidación monitoreada, que comprende a los Distritos Judiciales de La Libertad, Puno, Loreto y Apurímac. Tercero. Que, el Plan de Liquidación 2017 ha previsto los siguientes objetivos: a) Maximizar la producción de expedientes con el Código de Procedimientos Penales de 1940, b) Descongestionar la carga procesal penal en liquidación en todo el país, y procurar su liquidación definitiva, c) Aumentar los niveles de productividad en los órganos jurisdiccionales de liquidación, d) Identificar la carga procesal existente en liquidación a nivel nacional, con especial atención a la etapa del proceso en trámite, en reserva y en ejecución; y e) Identificar el tiempo promedio requerido para liquidar en forma definitiva a nivel nacional, los procesos bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940. Cuarto. Que, del análisis de los antecedentes del documento materia de propuesta, se constata que éstos cuentan con el sustento técnico y estratégico desarrollados de manera idónea, tanto en actividades a realizarse como en las metas y fechas tentativas para su realización, motivo por el cual su respectiva aprobación deviene en procedente. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 176-2017 de la décima segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Álvarez Díaz, sin la intervención de los señores Consejeros Ruidías Farfán y Vera Meléndez por encontrarse de vacaciones y licencia, respectivamente; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan de Liquidación 2017 para los Órganos Jurisdiccionales Penales Liquidadores de las Cortes Superiores de Justicia a Nivel Nacional"; que en documento adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Recomendar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia, evaluar permanentemente la producción jurisdiccional de los jueces designados. Artículo Tercero.- Autorizar al señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, adoptar las medidas necesarias para la ejecución del plan de liquidación. Artículo Cuarto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial a través de sus órganos de líneas competentes, brinde el apoyo logístico y operativo necesario para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Quinto.- Disponer la publicación en el Portal Institucional del Poder Judicial la presente resolución administrativa y el documento aprobado, para su debido cumplimiento. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina de Productividad Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1504334-3

Prorrogan funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 117-2017-CE-PJ Lima, 29 de marzo de 2017 VISTOS: Los Oficios Nros. 120-2017-P-1SDCST-CS/PJ-JJRM, 029-2017-SCT-CS-PJ y 159-2017-P-1°SPT-CS, cursados por los Presidentes de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria; y Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO: Primero. Que este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa N° 334-2016-CE-PJ, de fecha 21 de diciembre de 2016, prorrogó por el periodo de tres meses, a partir del 1 de enero del año en curso, el funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente, a fin de continuar con la descarga procesal. Segundo. Que los Presidentes de la referidas Salas Supremas han solicitado que se disponga la prórroga del funcionamiento de los mencionados órganos jurisdiccionales por el término de ley. Tercero. Que, al respecto, de los informes estadísticos remitidos aparece que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de las mencionadas Salas Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de tres meses. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 241-2017 de la décimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán y Álvarez Díaz, sin la intervención de la señora Consejera Vera Meléndez por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 1 de abril de 2017, el funcionamiento de la Primera Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, Sala Civil Transitoria y Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, respectivamente. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias del Supremo Tribunal, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la República, Gerencia General del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial y al Órgano de Control Institucional del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1504334-4

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