Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2017 (02/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Domingo 2 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Aprueban Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac 2017
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2017-MDP/A Pachacámac, 24 de marzo del 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACÁMAC VISTO: El Informe Nº 193-2017-MDP/GSCMA/SGEMA de fecha 22 de Marzo del 2017 e Informe Nº 070-2017- MDP/ GAJ de fecha 22 de Marzo del 2017, emitido por la Sub Gerencia de Ecología y Medio Ambiente, dependiente de la Gerencia de Servicios A La Ciudad y Medio Ambiente y Gerencia de Asesoría Jurídica respectivamente, sobre la Aprobación del "Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac 2017"; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27927 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, de acuerdo a los artículos 6º, 20º, inciso 6, y 42º de esta misma norma, la alcaldía es el órgano ejecutivo de gobierno local, siendo el Alcalde su representante legal y la máxima autoridad administrativa, con atribución para dictar decretos de alcaldía, a través de los cuales establece normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas. Que, el artículo 115º, numeral 115.2, de la Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente, establece que los Gobiernos Locales son responsables de normar y controlar los ruidos y vibraciones originados por las actividades domésticas y comerciales, así como por las fuentes móviles, debiendo establecer la normativa respectiva sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental (ECA). Que, el artículo 14º del Decreto Supremo Nº 0852003-PCM "Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido" establece que la vigilancia y monitoreo de la contaminación sonora en el ámbito local es una actividad a cargo de las municipalidades provinciales y distritales de acuerdo a sus competencias. Que, el artículo 80º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades distritales deben fiscalizar y realizar labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes de la atmósfera y el ambiente. Que, en la Ordenanza Nº 1965, Ordenanza Metropolitana para la prevención y control de la contaminación sonora, establece en el Artículo 13º Programa de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora, es el instrumento de control en materia de ruido ambiental que las municipalidades distritales utilizan para la prevención de la contaminación sonora. El programa se elabora de forma anual y se aprueba por Decreto de Alcaldía, debiéndose remitir una copia a la Municipalidad Metropolitana de Lima, hasta el 31 de marzo de cada año. Que, mediante Informe Nº 193-2017-MDP/GSCMA/ SGEMA de fecha 22 de Marzo del 2017, la Sub Gerencia de Ecología y Medio Ambiente, señala que (...) a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 13º de la Ordenanza Nº 1965 Ordenanza Metropolitana para la prevención y control de la contaminación sonora, solicita se apruebe mediante Decreto de Alcaldía el "Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac 2017". Asimismo con Informe Nº 070-2017-MDP/GAJ de fecha 22 de Marzo del 2017, la Gerencia de Asesoría Jurídica, emite pronunciamiento favorable con respecto a la Aprobación del "Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac 2017".

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, se; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac 2017, que forma parte del presente decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Medio Ambiente y por su intermedio a la Sub Gerencia de Ecología y Medio Ambiente, y a la Gerencia de Fiscalización y Control, el cumplimiento de lo establecido en el Programa Local de Vigilancia y Monitoreo de la Contaminación Sonora en el Distrito de Pachacámac 2017. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General, la Sub Gerencia de Estadística e Informática y la Gerencia de Comunicación e Imagen institucional, la publicación y difusión del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1504385-1

MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR
Aprueban la actualización del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017
ORDENANZA Nº 367-MVES Villa El Salvador, 27 de marzo del 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: La Resolución Directoral Nº 002-2017EF/50.01 sobre la Aprobación de Instructivos para el cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2017, la Ordenanza Nº 361-MVES de fecha 20 de Diciembre de 2016, el Informe Nº 035-2017-DGSC/VES de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, el Acta de Aprobación de la Actualización del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 de fecha 23.03.2017, y; CONSIDERANDO: Que, según lo establece el Artículo 85º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es función de los gobiernos locales, en materia de seguridad ciudadana, establecer un sistema de seguridad ciudadana, con participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el establecimiento de los servicios de serenazgo, vigilancia ciudadana y similares en su respectiva jurisdicción; Que, la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, así como garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento de las garantías individuales y sociales a nivel nacional; en tanto que, el artículo 26º del Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, que aprueba su reglamento, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, CODISEC, es una instancia de diálogo, de coordinación y elaboración de políticas, planes,

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