Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2017 (02/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Domingo 2 de abril de 2017 /

El Peruano

Directiva "Acciones de supervisión a pedido de parte", con la finalidad de adecuar su contenido al nuevo marco normativo recogido en el Decreto Legislativo Nº 1341, norma que modifica la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y el Decreto Supremo Nº 0562017-EF, a través del cual se modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, siendo que ambos dispositivos entrarán próximamente en vigencia, esto es, el 03 de abril de 2017; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 006-001-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 001-2017/OSCE-CD, de fecha 31 de marzo de 2017, acordó derogar la Directiva Nº 009-2016-OSCE/ CD, y luego aprobar la Directiva Nº 004-2017-OSCE/CD "Acciones de supervisión a pedido de parte", que forma parte integrante de la presente Resolución"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el artículo 54º de la Ley 30225, literal a) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Derogar la Directiva Nº 009-2016-OSCE/ CD "Acciones de supervisión a pedido de parte". Artículo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 004-2017-OSCE/ CD "Acciones de supervisión a pedido de parte", que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 004-2017OSCE/CD "Acciones de supervisión a pedido de parte", en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob. pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Presidenta del Consejo Directivo 1504525-4

que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el literal f) del artículo 52º de la Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE tiene entre sus funciones el emitir Directivas en las materias de su competencia; Que, el literal d) del artículo 69º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como una de las funciones de la Dirección Técnico Normativa evaluar y proponer para su aprobación por el Consejo Directivo, los proyectos de directivas en materia de contrataciones del Estado; Que, mediante Resolución Nº 010-2016-OSCE/PRE, de fecha 09 de enero de 2016, se aprobó la Directiva Nº 003-2016-OSCE/CD "Plan Anual de Contrataciones"; Que, la Dirección Técnico Normativa mediante el Informe de Vistos, propone para su aprobación la Directiva "Plan Anual de Contrataciones", con la finalidad de adecuar su contenido al nuevo marco normativo recogido en el Decreto Legislativo Nº 1341, norma que modifica la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y el Decreto Supremo Nº 056-2017EF, a través del cual se modifica el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, siendo que ambos dispositivos entrarán próximamente en vigencia, esto es, el 03 de abril de 2017; Que, el artículo 54º de la Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por su Presidente Ejecutivo; Que, el literal a) del artículo 8º del ROF del OSCE, señala como función del Consejo Directivo aprobar las Directivas de alcance general en materia de contrataciones del Estado; Que, en ese sentido, el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 003-001-2017/OSCE-CD de la Sesión Ordinaria Nº 001-2017/OSCE-CD, de fecha 31 de marzo de 2017, acordó derogar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/ CD, y luego aprobar la Directiva Nº 005-2017-OSCE/CD "Plan Anual de Contrataciones"; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo formalizando el citado Acuerdo del Consejo Directivo; De conformidad con el artículo 54º de la Ley 30225, literal a) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, con los artículos 6º y 7º inciso 8) del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del OSCE; y con el visado de la Secretaría General, la Dirección Técnico Normativa y la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Derogar la Directiva Nº 003-2016-OSCE/ CD "Plan Anual de Contrataciones". Artículo 2º.- Aprobar la Directiva Nº 005-2017-OSCE/ CD "Plan Anual de Contrataciones", que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Publicar la Directiva Nº 005-2017-OSCE/ CD "Plan Anual de Contrataciones", en el Portal Web del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y el Portal Web del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE (www.osce.gob.pe). Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA TERESA REVILLA VERGARA Presidenta del Consejo Directivo 1504525-5

Aprueban Directiva N° 005-2017-OSCE/CD "Plan Anual de Contrataciones"
RESOLUCIÓN Nº 005-2017-OSCE/CD Jesús María, 31 de marzo de 2017 VISTOS: El Acta del Consejo Directivo Nº 001-2017/OSCECD, de fecha 31 de marzo de 2017, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 001-2017/OSCE-CD, el Informe Nº 042-2017/DTN, de fecha 27 de marzo de 2017, de la Dirección Técnico Normativa y el Informe Nº 097-2017/ OAJ, de fecha 28 de marzo de 2017, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, establece

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