Norma Legal Oficial del día 05 de abril del año 2017 (05/04/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 5 de abril de 2017 /

El Peruano

sus funcionarios, servidores públicos o cualquier persona que ejerza en su nombre, función administrativa por delegación, bajo cualquier régimen laboral o contractual, aplica u ordena la aplicación de barreras burocráticas que involucre alguno de los supuestos que se indican a continuación: d)"Exigir requisitos que no constan en el Texto Único de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la entidad"; Que, en ese orden de ideas deberá tenerse en consideración lo resuelto por INDECOPI en la Resolución Nº 0677-2014/SDC-INDECOPI, así también el Oficio Nº 081-2017-SUTRAN/06.4 del 16 de marzo de 2017 remitido por la SUTRAN, donde comunica que la empresa KENSINGTON S.A.C. (antes GRUPO TECNOLOGICO AUTOMOTRIZ S.A.C.) no mantiene sanciones administrativas firmes o multas impagas, al encontrarse los procedimientos sancionadores pendientes de resolver, en tal sentido, de la información incluida en los escritos presentados por La Empresa y por presunción de veracidad conforme a lo señalado en el artículo 49 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS; se presume que el contenido es veraz para fines administrativos, salvo prueba en contrario y sin perjuicio de controles posteriores; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 264-2017-MTC/15.03, corresponde emitir el acto administrativo correspondiente, conforme a los argumentos señalados en la presente resolución, debiendo dejarse establecido que el presente acto administrativo se emite en cumplimiento de lo dispuesto por el Quinto Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, respecto de cumplir con restablecer la plena eficacia de la Resolución Directoral Nº 2462-2015-MTC/15 publicada el 21 de julio de 2015, habiéndose dejado sin efecto la Resolución Viceministerial Nº 141-2016-MTC/02 de fecha 30 de marzo de 20166; De conformidad con la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley Nº 29237 - Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo 1.- Renovar la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular a la empresa KENSINGTON S.A.C., por el plazo de cinco (05) años, para operar una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo Mixta, en el local ubicado en: Lotes 1, 2 y 3 de la Manzana "C", urbanización San Antonio de Jicamarca, distrito de San Antonio de Jicamarca, provincia de Huarochirí y departamento de Lima. Artículo 2.- Remitir a la Superintendencia de Transporte de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 3.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa KENSINGTON S.A.C., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS PAVIC MORENO Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Autorizan Transferencia Financiera a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A. destinada a la ejecución del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de Construcción en Sitio Propio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 119-2017-VIVIENDA Lima, 3 de abril de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que el Ministerio tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; asimismo, señala que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo y desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, en el marco de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, mediante la Resolución Ministerial Nº 426-2016-VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2017 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 6 233 715 495,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que lo financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, el inciso v) del literal a) del numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, autoriza de manera excepcional en el presente año fiscal la realización de transferencias financieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIVENDA S.A.; la misma que según el numeral 15.2 de dicho artículo se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego que será publicada en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Memorando Nº 265-2017/VIVIENDAVMVU-DGPPVU, la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento comunica la suscripción de la Primera Adenda al Convenio para la Ejecución del Bono Familiar Habitacional en las Modalidades de Aplicación: Construcción en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda; Convenio Nº 003-2017-VIVIENDA, por lo que propone gestionar el dispositivo legal que autoriza la Transferencia Financiera hasta por la suma de S/ 190 000 000,00 (CIENTO NOVENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), a favor del Fondo MIVIVIENDA S.A., en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley Nº 30518; Que, con Memorando Nº 581-2017/VIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo el Informe Nº 122-2017/VIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable en materia presupuestaria, y propone un proyecto de Resolución Ministerial, que autoriza la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General, Programa Presupuestal 0059: Bono Familiar Habitacional, Genérica del Gasto

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Resolución Viceministerial Nº 141-2016-MTC/02 (30.03.2016), declaró de oficio la nulidad de la Resolución Directoral Nº 2462-2015-MTC/15 del 1 de junio de 2015, que autorizó por el plazo de cinco (5) años a la empresa KENSINGTON S.A.C., como Centro de Inspección Técnica Vehicular en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima.

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