Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2017 (02/08/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 44

44

NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de agosto de 2017 /

El Peruano

Urbanas señala que visto el expediente de la referencia seguido por el Sr. Carlos Miguel Salinas Rojas, en representación de ANTARES CONTRATISTAS S.A con Anexo A 26 del Expediente Nº 13621-13, solicita prórroga del Plazo de vigencia de la Habilitación Urbana del terreno de 9,466.35 m2; así mismo se indica lo siguiente: La Resolución Gerencial Nº 237/2014-GODU-MDCH de fecha 21 de Julio del 2014, se contabilizará a partir de la recepción de esta última., estableciéndose como fecha máxima para la culminación de las Obras de Habilitación Urbana, el 21.07 2017. Que, según la Ley Nº 29090 Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones en su Artículo 11 ° Vigencia.- señala que las Licencias de Habilitación y de Edificación, reguladas por la presente Ley, tendrá una vigencia de treinta y seis (36) meses, prorrogables por doce (12) meses y por única vez. La prórroga deberá solicitarse dentro de los 30 días calendarios anteriores al vencimiento de la Licencia otorgada si costo adicional alguno. Que, considerando que el administrado con Expediente Nº 13621-13, Anexo A26 (Carta C-AC071-2017 de fecha 05.06.2016) solicita prórroga del plazo de vigencia de Habilitación Urbana, encontrándose dentro de los 30 días calendarios anteriores al vencimiento de la Licencia otorgada según lo determina en el Art. 11 ° de la Ley Nº 29090 y asimismo considerando que mediante Resolución Gerencial Nº237/2014-GODU-MDCH, establece como fecha máxima para la culminación de las Obras de Habilitación Urbana el 21 07.2017; por lo que se ampliaría el plazo por doce (12) meses calendarios y por única vez. Que, estando la normativa contenida en la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General en su Artículo 106° y 107° y la Ley de Reglamentación de Habilitación Urbana y Edificaciones, así mismo de acuerdo al primer considerando del Artículo 10º de la Ordenanza 836-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima y en uso de las facultadas conferidas por el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR por única vez la ampliación del Plazo por doce (12) meses contados a partir de la fecha de recepción de la presente Resolución, para la ejecución de obras de Habilitación Urbana del terreno de 9,466.35 m2, correspondiente a la acumulación de los sectores 5, 6, 7, 8 y 9, ubicado en la Urb. Country Club Villa, Distrito de Chorrillos, Provincia y Departamento de Lima, la cual fue aprobada mediante R.G. Nº 237/2014-GODUMDCH de fecha 21.07.2014 y cuyo proyecto se aprueba, debiendo sujetarse a los planos firmados y sellados por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano, Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas de acuerdo al cuadro de áreas y especificaciones técnicas que se indican en las resoluciones. Articulo Segundo.- Disponer que ANTARES CONTRATISTAS S.A. efectué la inscripción de esta Resolución en la SUNARP, en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente de notificado, sufragando los gastos a que hubiera lugar. Articulo Tercero.- Disponer que ANTARES CONTRATISTAS S.A. efectué la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", en el plazo de 30 días contados a partir del día siguiente de notificado, sufragando los gastos a que hubiera lugar. Artículo Cuarto.- Encargar a Secretaria General del Concejo la notificación respectiva de la presente Resolución, cumpliendo con todas las formalidades de Ley. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano y a la Sub Gerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas el cumplimiento de la presente resolución. Registrese, comuniquese y archivese. SILVIA ALICIA REATEGUI RAMIREZ Gerente de Obras y Desarrollo Urbano 1549207-1

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO
Declaran procedente rectificación de error material de acto administrativo que aprueba Proyecto de habilitación urbana de terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN SUB GERENCIAL Nº 216-2017-SGOPHU-GDU/MDSJL San Juan de Lurigancho, 21 de junio de 2017 LA SUB GERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y HABILITACIONES URBANAS DE LAS MUNCIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO: El Registro Nº 14782-S1-2017 de fecha 10 de marzo de 2017 mediante el cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ­ SUNAT solicita la rectificación de la Resolución Sub Gerencial Nº 241-2013-SGHU-GDUMDSJL de fecha 26 de setiembre de 2013 y documentación técnica; CONSIDERANDO: Que, mediante Registro Nº 09534-S1-2013 de fecha 20 de febrero de 2013 la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ­ SUNAT solicita la aprobación de la habilitación urbana nueva como lote único ­ Modalidad D: para uso Comercio Zonal y Vivienda Taller del terreno de 2 169.50 m2 ubicado en la Av. Santa Rosa de Lima Sur Mz. X Sub Lote Nº 9A del Lote 9 de la Urbanización Canto Grande Unidad 15 del distrito de San Juan de Lurigancho departamento y provincia de Lima; Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 241-2013SGHU-GDU-MDSJL de fecha 26 de setiembre de 2013, se resolvió aprobar el Proyecto de Habilitación Urbana nueva como lote único, bajo la Modalidad D: aprobación con evaluación previa de Comisión Técnica, para uso Comercio Zonal - CZ y Vivienda Taller -.VT, de conformidad con el Plano de Ubicación y Localización, el Plano Perimétrico y Topográfico, y el Plano de trazado y lotización, signados para efectos del Registro como Planos Nº 024-2013-HU-SGHUGDU-MDSJL , Nº 025-2013-HU-SGHU-GDU-MDSJL y Nº 026-2013-HU-SGHU-GDU-MDSJL respectivamente, del terreno de 2 169.50 m2 ubicado en la Av. Santa Rosa de Lima Sur Mz. X Sub Lote Nº 9A del Lote 9 de la Urbanización Canto Grande Unidad 15del distrito de San Juan de Lurigancho departamento y provincia de Lima; Que, visto el Registro Nº 14782-S1-2017 la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ­ SUNAT solicita la rectificación del cuadro de áreas aprobado por el articulo segundo de la Resolución Sub Gerencial Nº 241-2013-SGHU-GDU-MDSJL habiéndose consignado por error Área Bruta (Lote 11) debiendo ser lo correcto Área bruta Sub Lote 9A, Asimismo del Cuadro de Áreas y Linderos, Área útil, del Plano de Nº 026-2013-HU-SGHUGDU-MDSJL habiéndose consignado por error Lote 9A debiendo ser lo correcto Sub Lote 9A del Lote 9; Que, mediante Informe Nº 290-2017-SGOPHU-GDUMDSJL de fecha 05 de abril de 2017, la Sub Gerencia de Obras Privadas y Habilitaciones Urbanas, señala de la revisión del expediente que existe un error en la documentación técnica y en la Resolución Sub Gerencial Nº 241-2013-SGHU-GDU-MDSJL al consignar el Registro Nº 09534-R1-2013 siendo lo correcto Registro Nº 09534S1-2013, asimismo se consigna erróneamente Lote 11 y Lote 9A, siendo lo correcto Sub Lote 9A del Lote 9, por lo que habiéndose presentado la documentación técnica subsanando los errores materiales corresponde proceder con la rectificación administrativa;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.