Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2017 (02/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Miércoles 2 de agosto de 2017 /

El Peruano

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la señora Allyson Cecilia Jaramillo Ortiz, al cargo de Asesor II del Despacho Viceministerial de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1549700-1

Aprueban el Plan de Estrategia Publicitaria 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 282-2017-VIVIENDA Lima, 1 de agosto de 2017 VISTOS: El Memorándum N° 157-2017/VIVIENDA/SG-OGC, de la Oficina General de Comunicaciones; el Memorándum N° 1300-2017-VIVIENDA-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 385-2017/ VIVIENDA-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; y el Informe N° 700-2017/VIVIENDAOGPP-OP de la Oficina de Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal, precisa que son objetivos de esta Ley, establecer los criterios generales para el uso de los recursos que las instancias del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local, destinaran al rubro de publicidad, en prensa escrita, radio y televisión; así como fiscalizar la transparencia y racionalidad en el uso de los recursos públicos para la contratación de servicios de publicidad en prensa escrita, radio y televisión; Que, el tercer párrafo del artículo 2 de la citada Ley, precisa que se entenderá por publicidad institucional, a aquella que tiene por finalidad promover conductas de relevancia social, tales como el ahorro de energía eléctrica, la preservación del medio ambiente, el pago de impuestos, entre otras, así como la difusión de la ejecución de los planes y programas a cargos de las entidades y dependencias; Que, el literal a) del artículo 3 de la referida Ley, establece como uno de los requisitos para la autorización de la realización de publicidad estatal, el de contar con un Plan de Estrategia Publicitaria acorde con las funciones y atribuciones de las entidades o dependencias; las mismas que deberán adecuarse a los objetivos y prioridades establecidos en los programas sectoriales; Que, el literal a) del artículo 61 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del MVCS, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA establece que la Oficina General de Comunicaciones es la competente para proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar los lineamientos y estrategias de comunicación y de publicidad del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, la Oficina General de Comunicaciones, en el marco de sus funciones presenta el Plan de Estrategia Publicitaria 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en cuyo texto se detalla las campañas publicitarias a realizar en el año 2017, de acuerdo a lo previsto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; Que, en el marco de sus competencias, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, emite su conformidad a la propuesta del Plan de Estrategia

Publicitaria 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que se formula en el marco de la Ley N° 28874, por encontrar la referida propuesta alineada a los planes estratégicos, contribuir al logro de los Objetivos Estratégicos Institucionales y contar con la correspondiente disponibilidad presupuestaria para el desarrollo del referido Plan; Que, por los fundamentos expuestos en los considerandos precedentes resulta atendible aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28874, Ley que regula la Publicidad Estatal; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria 2017 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar a la Oficina General de Comunicaciones la coordinación y supervisión del cumplimiento del Plan aprobado en el artículo 1, precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.@vivienda. gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1549805-1

ORGANISMOS EJECUTORES

AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL
Modifican Directiva "Procedimiento Sancionador para las personas jurídicas sin fines de lucro que se encuentran bajo el ámbito de aplicación del Reglamento de Infracciones y Sanciones de la APCI"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 089-2017/APCI-DE Miraflores, 26 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, la Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), Ley N° 27692 y sus normas modificatorias, establece que la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo; Que, el artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto

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