Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2017 (08/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Martes 8 de agosto de 2017 /

El Peruano

entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento designación y contratación prevista en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público u otra norma nacional con rango de ley, podrán hacer ajustes a su Cuadro para Asignación de Personal, con la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual del Presupuesto del Sector Público, asimismo se señala que en dicho contexto de excepción las entidades podrán hacer ajustes a su CAP-P en el presente año fiscal; Que, el Decreto Supremo N° 008-2017-SA aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modificado mediante Decreto Supremo N° 0112017-SA, contemplando como Órganos Desconcentrados del Ministerio de Salud a los Hospitales e Institutos, siendo uno de ellos el Hospital Nacional Dos de Mayo; Que, asimismo, en atención a lo descrito en el literal g) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2017, se exceptuó de la prohibición de nombramiento de hasta el 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración de Salud ­ CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo N° 1153; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE, establecen que la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), en el caso de los Ministerios, Organismos Públicos, sus programas y proyectos adscritos, se realiza mediante Resolución Ministerial del Titular del Sector, condicionada al informe de opinión favorable emitida por la Autoridad Nacional del Servicio Civil -SERVIR; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2642017/MINSA de fecha 20 de abril de 2017, se definió como entidad pública Tipo B, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, entre otros, al Hospital Nacional Dos de Mayo; Que, a través de los documentos de Visto, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR emite opinión favorable a la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital Nacional Dos de Mayo; Con las visaciones de la Directora General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud; del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA y su modificatoria; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014PCM, así como la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR/PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital Nacional Dos de Mayo del Ministerio de Salud Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital Nacional Dos de Mayo del Ministerio de Salud, conforme el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Publicación Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe) y del Hospital Nacional Dos de Mayo (www.hdosdemayo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1551651-4

Modifican el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 841-2015/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 648-2017/MINSA Lima, 7 de agosto de 2017 Visto, el Expediente Nº 17-056102-001, que contiene la Nota Informativa N° 231-2017-OGA/MINSA remitido por el Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 29608, Ley que aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al ejercicio fiscal 2009, dispuso la implementación las acciones de saneamiento de la información contable en el sector público, prorrogándose el plazo de cumplimiento de presentación de resultados finales de dichas acciones hasta el 31 de diciembre del 2014; Que, a través del Comunicado N° 002-2015EF/51.01 "Acciones de Depuración, Regularización, Corrección de Error y Sinceramiento Contable", la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas puso en conocimiento que de acuerdo al informe obtenido del resultado del saneamiento contable, existían entidades públicas que no habían culminado con el mencionado proceso de saneamiento contable y otras que no habían informado el resultado, señalando que a partir del período 2015 el Titular de las entidades públicas debían nombrar una Comisión Técnica de Trabajo presidida por el Contador General de la entidad para que inicie o concluya las acciones de Depuración, Regularización, Corrección de Error y Sinceramiento Contable de los saldos de las cuentas contables previamente determinadas; Que, mediante Resolución Ministerial N° 841-2015/ MINSA, el Ministro de Salud conformó la Comisión Técnica de Trabajo encargada de realizar las mencionadas acciones de depuración, regularización, corrección de error y sinceramiento contable de los saldos de las cuentas pendientes de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central integrada por funcionarios del Ministerio de Salud conforme al Reglamento de Organización y Funciones vigente; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2017-MINSA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, siendo modificado por Decreto Supremo N° 011-2017-SA, aprobándose una nueva estructura orgánica; Que, mediante documento de visto, el Director General de la Oficina General de Administración propone se modifique a los integrantes de la acotada Comisión Técnica de Trabajo de manera que se encuentren acorde con la nueva estructura orgánica de la entidad aprobada con el nuevo Reglamento de Organización y Funciones; Con el visado del Director General de la Oficina General de Administración, del Director General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y,

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