Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2017 (08/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Martes 8 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Designan responsable de entregar la información de acceso público a cargo de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 086-2017-MDSMM Santa María del Mar, 14 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 84-2017-MDSMM se da por concluida la encargatura a Fernando Caso Maldonado SECRETARIO GENERAL de la Municipalidad de Santa María del Mar; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 85-2017-MDSMM de fecha 13 de julio de 2017 se designa a la señorita SILVIA FERNANDA OLAZABAL GOMEZ como Secretaria General de la Municipalidad de Santa María del Mar; Que, la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por objeto promover la transparencia en los actos del Estado y regular el derecho de acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, en ese sentido, la norma ya citada dispone que todas la entidades de la Administración Pública a las que hace referencia el Título Preliminar de la Ley Nº 27444 Ley de Procedimiento Administrativo General, deben observar el Principio de Publicidad en tanto que toda la información que posee el Estado se presume pública, con las excepciones expresamente establecidas por la propia Ley, y consecuentemente a respetar el Derecho Constitucional a la Información; Que, conforme a lo establecido en los Artículos 5º y 8º del TUO de la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 3º de su Reglamento, aprobado por el D.S. Nº 073-2003-PCM debe designarse a los Funcionarios de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar responsables de entregar la Información de acceso público a cargo de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar y de la actualización del Portal de Transparencia de la entidad respectivamente; Que, de acuerdo al artículo 5º de la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública en su último párrafo establece que "...La entidad pública deberá identificar al funcionario de la elaboración de los portales de internet". En uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del artículo 20º en la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha a SILVIA FERNANDA OLAZABAL GOMEZ -SECRETARIA GENERAL como responsable de entregar la información de acceso público a cargo de la Municipalidad de Santa María del Mar. Artículo Segundo.- DISPONER que los servidores de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar proporcionen y faciliten oportunamente al mencionado funcionario, la información que deba ser entregada a los administrados dentro de los plazos establecidos en las normas sobre la materia, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARWAN ZAKHARIA KAHHAT ABEDRABBO Alcalde 1551733-1

MUNICIPALIDAD DE LURÍN
Aprueban el Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 20152021
ACUERDO DE CONCEJO Nº 012-2017-ML Lurín, 8 de febrero del 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIN VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, la aprobación del Proyecto Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 2015 ­ 2021. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado modificada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante memorándum Nº 781-2017-GDHPS/ ML de fecha 29 de noviembre del 2016 emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales donde hace suyo el informe de la Subgerencia de Salud, Programas Sociales y Desarrollo de Capacidades donde remite el Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 2015 ­ 2021. Que, mediante informe Nº 021-2017-GAJ-ML emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable sobre la procedencia del Proyecto Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 20152021. Que, mediante carta Nº 007-2017-CPAL-ML emitido por la comisión permanente de Asuntos Legales, dictamina favorablemente por la procedencia del Plan Distrital, de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 2015 ­ 2021. Que, mediante carta Nº 004-2017-CPAL-ML emitido por la comisión permanente de Desarrollo Humano dictamina favorablemente por la procedencia del Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 2015 ­ 2021. Que, luego del debate y opiniones respectivas por los integrantes del Concejo Municipal y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO UNÁNIME y con la dispensa del trámite de aprobación de Actas, se aprobó el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 2015 ­ 2021. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurín José Enrique Arakaki Nakamine a suscribir el Plan Distrital de Acción por la Infancia y la Adolescencia de Lurín 2015 ­ 2021. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano y Programas Sociales la implementación, coordinación y el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JOSE E. ARAKAKI NAKAMINE Alcalde 1551644-1

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