Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2017 (13/08/2017)


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NORMAS LEGALES

Domingo 13 de agosto de 2017 /

El Peruano

presidentes o gerentes de asociaciones profesionales a nivel Latinoamérica e Iberoamérica, intercambiar información con otros miembros de entidades estatales de turismo de reuniones de la región, así como participar en reuniones de trabajo sobre tendencias de la industria del turismo; Que, la Asociación Internacional de Congresos y Convenciones­ICCA, es la organización más importante a nivel mundial en el segmento de turismo de reuniones, contando con casi 1000 integrantes, provenientes de alrededor de 90 países; siendo que la presencia en el mencionado evento brinda oportunidades de fortalecimiento de la red de contactos y acceso a una amplia información sobre reuniones internacionales que pueden tener al Perú como lugar de realización; Que, en tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de la señora Evelyn Ruth Grados Leguía, Subdirectora de Promoción del Turismo Interno, de la Dirección de Promoción del Turismo, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, para que en representación de PROMPERÚ, participe en el referido evento, como una oportunidad para afianzar lazos con ICCA; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo­MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora Evelyn Ruth Grados Leguía, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 14 al 18 de agosto del 2017, para que en representación de PROMPERÚ, lleve a cabo diversas acciones de promoción del turismo en el evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos Total N° Clase Continente día Viáticos días Económica US$ US$ US$ 999,70 América Central 315,00 04 1 260,00

Aprueban desplazamiento de funcionarios como Consejeros Económicos Comerciales en diversas Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 295-2017-MINCETUR Lima, 11 de agosto de 2017 Vistos, los Informes Nos. 034 y 035-2017-MINCETUR/DM/DGMOCEX de la Dirección de Gestión y Monitoreo de las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior, los Informes Nos. 360 y 362-2017-MINCETUR/SG/OGA-OP de la Oficina de Personal de la Oficina General de Administración, el Memorándum Nº 655-2017-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2014, se dispuso que las Oficinas Comerciales del Perú en el Exterior (en adelante, OCEX) dependan funcional, administrativa y orgánicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (en adelante, MINCETUR); Que, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modificatorias, establece que el MINCETUR es competente para dictar y administrar las políticas de las oficinas comerciales del Perú en el exterior y para designar a los consejeros económicos comerciales mediante Resolución Ministerial; Que, de acuerdo a los "Lineamientos de Gestión para los Consejeros Económicos Comerciales del Perú en el Exterior" (en adelante, Lineamientos de Gestión), aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 105-2016-MINCETUR, el Titular del MINCETUR podrá desplazar a los Consejeros Económicos Comerciales (en adelante, CEC) a otras sedes; Que, con fecha 5 de agosto de 2017 se publicó la Resolución Suprema Nº 002-2017-MINCETUR a través de la cual se dispuso el cierre de las OCEX con sede en las ciudades de Accra, República de Ghana; Caracas, República Bolivariana de Venezuela; Ginebra, Confederación Suiza; Lisboa, República Portuguesa; Pretoria, República de Sudáfrica; Tel Aviv, Estado de Israel y Washington, Estados Unidos de América y la creación de nuevas sedes ubicadas en las ciudades de Buenos Aires, República Argentina; Sydney, Mancomunidad de Australia; Hong Kong, República Popular China; Santo Domingo, República Dominicana; Bangkok, Reino de Tailandia y Houston, Estados Unidos de América; Que, considerando lo manifestado por la Dirección de Gestión y Monitoreo de las OCEX (en adelante, DGMOCEX) en el Informe Nº 034-2017-MINCETUR/ DM/DGMOCEX, las OCEX en el marco de sus responsabilidades en materia de promoción de las exportaciones, turismo y atracción de inversiones al Perú, realizan una serie de acciones acorde a la dinámica de los mercados en los cuales se encuentran establecidas, en concordancia con las priorizaciones sectoriales existentes en cada uno de ellos; Que, en función a los criterios de relevancia estratégica que poseen los mercados, así como la correspondencia entre el perfil del CEC y la evaluación de su desempeño, la DGMOCEX a través de su informe recomienda el desplazamiento de determinados CEC con el objetivo de aprovechar su conocimiento y experiencia en el desarrollo de mercados; Que, mediante el Informe Nº 362-2017-MINCETUR/ SG/OGA-OP emitido por la Oficina de Personal se observa el cumplimiento de los requisitos establecidos para proceder con el desplazamiento de los CEC determinados por la DGMOCEX; asimismo el Informe

Nombres y apellidos

Evelyn Ruth Grados Leguía

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, la señora Evelyn Ruth Grados Leguía, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1554016-1

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