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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2017 (13/08/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 13 de agosto de 2017 El Peruano / Artículo Segundo.- Conformar el Equipo de Mejora Continua del Poder Judicial, responsable de gestionar el proceso de simpli fi cación administrativa según lo señalado en la Metodología de Simpli fi cación Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, el cual estará conformado por: N°CONFORMACIÓN DE LEY CARGOS FUNCIONALESFUNCIONARIOSJERARQUÍAS EN COMITÉ 1 Especialista en ProcesosSub Gerente de Racionalización Javier Martínez MendozaConductor del proceso 2 Especialista en CostosSub Gerente de RemuneracionesGilberto Saravia MunaycoMiembro del Equipo 3 Especialista Legal Jefe de la O fi cina de Asesoría LegalJuan Kenidy Cruzado AquinoSecretario del Equipo 4 Facilitador de TalleresSub Gerente de CapacitaciónLuis Huamaní PérezMiembro del Equipo 5 Especialista en Sistemas / ProgramadorSub Gerente de Desarrollo de Sistema InformáticoJorge Antonio Guzmán SalgueroMiembro del Equipo 6 Especialista en rediseño de InfraestructuraGerente de la Ofi cina de InfraestructuraYanet Mena BarbozaMiembro del Equipo 7 Especialista en ComunicacionesJefa de la O fi cina de Prensa de la Corte Suprema de Justicia de la RepúblicaNatali Barreda GalarretaMiembro del Equipo 8 Responsable de la plataforma de atención a la ciudadaníaSub Gerente de Atención de Propuestas CiudadanasJorge Javier Medina LoaizaMiembro del Equipo Artículo Tercero.- El Equipo de Mejora Continua de Simpli fi cación Administrativa realizará las actividades señaladas en la metodología de simpli fi cación administrativa, incorporando de manera temporal a los responsables del proceso que puede ser una persona o más de las diferentes áreas de la entidad. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias en la entidad deberán brindar al Equipo de Mejora Continua el apoyo que éste requiera para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo Cuarto.- La conformación del Comité de Dirección del Proceso de Simpli fi cación; así como, el Equipo de Mejora Continua y los documentos e informes que elaboren, serán difundidos al público en general a través del portal institucional. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país; y a los funcionarios designados, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1553774-1 Disponen diversas medidas administrativas en el Distrito Judicial de Huánuco RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 239-2017-CE-PJ Lima, 2 de agosto de 2017 VISTOS: El Ofi cio N° 281-2017-ETI-PENAL-CPP/PJ y el Informe N° 061-2017-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, cursados por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; así como, el O fi cio N° 588-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, del Jefe de la Ofi cina de Productividad Judicial, y, los O fi cios N° 034, 667 y 678-2017-P-CSJHN/PJ, remitidos por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 286-2016-CE-PJ, este Órgano de Gobierno creó el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de la Provincia de Leoncio Prado, Distrito Judicial de Huánuco, con competencia territorial en la Provincia de Leoncio Prado; Distrito de Monzón, Provincia de Huamalíes; y Distritos de la Morada, Santa Rosa de Alto y Yanajanca; y centros poblados de San Antonio de Padua y el Paraíso, del Distrito de Cholón, Provincia de Marañon. Segundo. Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco solicita a este Órgano de Gobierno la creación de un Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Huánuco; o la ampliación de competencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Leoncio Prado, para conocer procesos con reos en cárcel, sustentando su pedido en razones de carga procesal; así como, el número de programaciones de audiencias, las mismas que conforme al Informe N° 17-2017-ADM-NCPP-CSJHN, emitido por la Administradora del Módulo Penal, se da cuenta que el Colegiado Supraprovincial cumple y hasta sobrepasa los estándares de producción establecidos por Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ. Tercero. Que, por el contenido del Informe N° 061-2017-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que, los numerales 24) 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modi fi cación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 578-2017 de la vigésimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Álvarez Díaz; sin la intervención del señor Consejero Ruidías Farfán por encontrarse de licencia y la señora Consejera Vera Meléndez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de Huánuco, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”: a) Ampliar la competencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Leoncio Prado para conocer procesos con reos en cárcel pertenecientes a su jurisdicción; es decir, de la Provincia de Leoncio Prado; Distrito de Monzón, de la Provincia de Huamalíes; y los Distritos de la Morada, Santa Rosa de Alto Yanajanca y Centros Poblados de San Antonio de Padua y el Paraíso del Distrito de Cholón, Provincia de Marañón. Asimismo, en los Distritos de Huacrachuco, Cholón y San Buenaventura, de la Provincia de Marañón; en virtud de lo