Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2017 (13/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Domingo 13 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- Conformar el Equipo de Mejora Continua del Poder Judicial, responsable de gestionar el proceso de simplificación administrativa según lo señalado en la Metodología de Simplificación Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2011-PCM, el cual estará conformado por:
CONFORMACIÓN CARGOS JERARQUÍAS N° FUNCIONARIOS DE LEY FUNCIONALES EN COMITÉ 1 2 3 Especialista en Procesos Especialista en Costos Sub Gerente de Racionalización Javier Martínez Mendoza Conductor del proceso Miembro del Equipo Secretario del Equipo Miembro del Equipo

de Implementación del Código Procesal Penal; así como, el Oficio N° 588-2017-OPJ-CNPJ-CE/PJ, del Jefe de la Oficina de Productividad Judicial, y, los Oficios N° 034, 667 y 678-2017-P-CSJHN/PJ, remitidos por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 286-2016-CE-PJ, este Órgano de Gobierno creó el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de la Provincia de Leoncio Prado, Distrito Judicial de Huánuco, con competencia territorial en la Provincia de Leoncio Prado; Distrito de Monzón, Provincia de Huamalíes; y Distritos de la Morada, Santa Rosa de Alto y Yanajanca; y centros poblados de San Antonio de Padua y el Paraíso, del Distrito de Cholón, Provincia de Marañon. Segundo. Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco solicita a este Órgano de Gobierno la creación de un Segundo Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Huánuco; o la ampliación de competencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial de Leoncio Prado, para conocer procesos con reos en cárcel, sustentando su pedido en razones de carga procesal; así como, el número de programaciones de audiencias, las mismas que conforme al Informe N° 17-2017-ADM-NCPP-CSJHN, emitido por la Administradora del Módulo Penal, se da cuenta que el Colegiado Supraprovincial cumple y hasta sobrepasa los estándares de producción establecidos por Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ. Tercero. Que, por el contenido del Informe N° 061-2017-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, deviene en necesario dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que, los numerales 24) 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 578-2017 de la vigésimo novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo y Álvarez Díaz; sin la intervención del señor Consejero Ruidías Farfán por encontrarse de licencia y la señora Consejera Vera Meléndez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer, las siguientes medidas administrativas en el Distrito Judicial de Huánuco, a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano": a) Ampliar la competencia del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Permanente de Leoncio Prado para conocer procesos con reos en cárcel pertenecientes a su jurisdicción; es decir, de la Provincia de Leoncio Prado; Distrito de Monzón, de la Provincia de Huamalíes; y los Distritos de la Morada, Santa Rosa de Alto Yanajanca y Centros Poblados de San Antonio de Padua y el Paraíso del Distrito de Cholón, Provincia de Marañón. Asimismo, en los Distritos de Huacrachuco, Cholón y San Buenaventura, de la Provincia de Marañón; en virtud de lo

Sub Gerente de Gilberto Saravia Remuneraciones Munayco

Especialista Legal Jefe de la Oficina Juan Kenidy de Asesoría Cruzado Aquino Legal Facilitador de Talleres Especialista en Sistemas / Programador Especialista en rediseño de Infraestructura Sub Gerente de Capacitación Sub Gerente de Desarrollo de Sistema Informático Gerente de la Oficina de Infraestructura Luis Huamaní Pérez

4 5

Jorge Antonio Miembro del Guzmán Salguero Equipo

6

Yanet Mena Barboza Natali Barreda Galarreta

Miembro del Equipo Miembro del Equipo

7

Especialista en Jefa de la Oficina Comunicaciones de Prensa de la Corte Suprema de Justicia de la República Responsable de la plataforma de atención a la ciudadanía Sub Gerente de Atención de Propuestas Ciudadanas

8

Jorge Javier Medina Loaiza

Miembro del Equipo

Artículo Tercero.- El Equipo de Mejora Continua de Simplificación Administrativa realizará las actividades señaladas en la metodología de simplificación administrativa, incorporando de manera temporal a los responsables del proceso que puede ser una persona o más de las diferentes áreas de la entidad. Sin perjuicio de ello, todas las dependencias en la entidad deberán brindar al Equipo de Mejora Continua el apoyo que éste requiera para el cumplimiento de sus fines. Artículo Cuarto.- La conformación del Comité de Dirección del Proceso de Simplificación; así como, el Equipo de Mejora Continua y los documentos e informes que elaboren, serán difundidos al público en general a través del portal institucional. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Cortes Superiores de Justicia del país; y a los funcionarios designados, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRIGUEZ TINEO Presidente 1553774-1

Disponen diversas medidas administrativas en el Distrito Judicial de Huánuco
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 239-2017-CE-PJ Lima, 2 de agosto de 2017 VISTOS: El Oficio N° 281-2017-ETI-PENAL-CPP/PJ y el Informe N° 061-2017-MYE-ST-ETI-CPP/PJ, cursados por el señor Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional

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