Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2017 (13/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Domingo 13 de agosto de 2017 /

El Peruano

en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo señala que la autorización para viajes al exterior de las personas antes mencionadas se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Con el visado de la Viceministra de Gestión Pedagógica, del Secretario General, de la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Jefa de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los 04 (cuatro) estudiantes y 02 (dos) profesor que integran la Delegación Peruana que participará en la 28° Olimpiada Matemática de Países del Cono Sur, designado mediante Resolución Ministerial N° 344-2017-MINEDU, a la ciudad de Santiago de Guayaquil, República del Ecuador, del 15 al 21 de agosto de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 010: Ministerio de Educación­Unidad Ejecutora 026, de acuerdo al siguiente detalle: ESTUDIANTES: DIEGO ENRIQUE LAZARO CUSIHUAMAN Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 868,33 DANIEL MARCELO BENAVIDES QUISPIALAYA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 868,33 JOSEPH DANIEL ALTAMIRANO PACHECO Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 868,33 RENZO RODRIGO BALCAZAR TAPIA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 868,33 PROFESORES: FIDEL GUILLERMO JIMENEZ PASAPERA Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 868,33 ANGEL GERARDO NAPA BERNUY Pasajes aéreos (incluye TUUA) : US$ 868,33

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 756-2017-IN Lima, 11 de agosto de 2017 VISTOS; la Carta N° S-2017-090/SUDIR-AGREPOLPERU, de fecha 3 de mayo de 2017, de la Agregaduría de Policía de la Embajada de Colombia en Perú, la Hoja de Estudio y Opinión N° 255-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 8 de agosto de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001210-2017/ IN/OGAJ, de fecha 9 de agosto de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta N° S-2017-090/SUDIRAGREPOL-PERU, de fecha 3 de mayo de 2017, la Agregaduría de Policía de la Embajada de Colombia en Perú remite a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú el Oficio N° S-2017-005476/ DINAE-ASINT 3.4, a través del cual se detalla el Programa del Curso Antisecuestro y Antiextorsión, el mismo que se llevará a cabo del 16 de agosto al 4 de octubre de 2017, en la ciudad de Cundinamarca ­ República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 255-2017-DGPNP/ DIRASINT-DB, de fecha 8 de agosto de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, del Teniente de la Policía Nacional del Perú Marvin Antonio Vergaray Saldarriaga y del Alférez de la Policía Nacional del Perú Daniel Jean Carlos Flores Morales, propuestos por la Dirección de Investigación Criminal de la Policía Nacional del Perú, para que participen en el curso antes citado, a realizarse en la ciudad de Cundinamarca ­ República de Colombia, del 15 de agosto al 5 de octubre de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso tiene como objetivo brindar nuevos conocimientos sobre el procedimiento utilizado en la ejecución de operaciones de inteligencia policial frente a los delitos de secuestro y extorsión; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de compensación extraordinaria y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 4754-2017-DIRADMDIVECO-PNP/DEPPRE., de fecha 5 de agosto de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona señalada en el artículo precedente deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1554014-1

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