Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2017 (13/08/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

8

NORMAS LEGALES

Domingo 13 de agosto de 2017 /

El Peruano

supeditada también a la imposibilidad de participación de la tripulación principal. Artículo 3.- El Ministerio de Defensa ­ Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos US $ 370.00 X 02 días x 05 personas Total a Pagar = US $ 3,700.00 -------------- = US $ 3,700.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1554019-1

Autorizan viaje de especialistas a Bolivia, en comisión de servicios de asistencia técnica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1116-2017 DE/SG Lima, 12 de agosto de 2017 Vistos, el Correo Electrónico de fecha 11 de agosto de 2017 del Director de Cooperación del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, la Nota N° MRL 728225 de la Embajada del Estado Plurinacional de Bolivia, el Informe N° 054-2017-INDECI/9.0 del 12 de agosto de 2017 del Jefe de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1735-2017, el Informe Legal N° 161-2017-INDECI/5.0 del 12 de agosto de 2017 del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica, sus antecedentes, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil, de conformidad con los establecido en la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 048-2011-PCM y el Decreto Supremo N° 002-2016-DE, es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa; responsable técnico de los procesos de la gestión reactiva del riesgo de desastres en su calidad de integrante del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres ­ SINAGERD; que tiene entre sus funciones, coordinar la asistencia humanitaria solicitada por los países afectados por desastres en el marco de convenios o acuerdos establecidos, conforme a la normatividad vigente; Que, mediante Correo Electrónico de Vistos, el Director de Cooperación del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, remite al Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI la Nota N° MRL 728-225, el Embajador del Estado Plurinacional de Bolivia con sede en Lima ­ Perú, a través

de la cual formaliza la solicitud de Ayuda Humanitaria Internacional ante los incendios forestales que afectan al departamento de Tarija del Estado Plurinacional de Bolivia, y que a la fecha ha destruido cerca de 500 hectáreas del territorio y tiende a propagarse rápidamente hacia las comunidades cercanas; Que, considerando que la Ayuda Humanitaria Internacional que se procuran los países constituye un conjunto de acciones de ayuda orientadas a proteger y garantizar los derechos fundamentales de las poblaciones, resulta necesario autorizar el viaje en Comisión de Servicios de Asistencia Técnica, de los cinco (05) especialistas que se detallan en la parte resolutiva de la presente resolución, por el plazo de 05 días contados a partir del 13 al 17 de agosto de 2017; a fin de atender la solicitud de Ayuda Humanitaria Internacional ante los incendios forestales suscitados en el Estado Plurinacional de Bolivia; Que, cabe indicar que los gastos por concepto de viáticos, se financiarán con cargo al Presupuesto del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI; conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario N° 1735-2017, y el traslado vía aérea estará a cargo de la Fuerza Aérea del Perú ­ FAP; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, durante el presente año los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057 , Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas; asimismo, señala que la autorización para viajes al exterior de las personas antes mencionadas se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619­Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicios de Asistencia Técnica al Estado Plurinacional de Bolivia por el plazo de 05 días, contados a partir del 13 al 17 de agosto de 2017, de los especialistas que se señalan a continuación, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: 1. Ricardo Alberto Jesús Carvajal Raymond ­ Jefe de la Delegación 2. Marcelino Tupahuacayllo Chura ­ Dirección de Respuesta 3. Demetrio Martín Torres Meza ­ Dirección de Respuesta 4. José Alberto Rivera Marocho ­ Dirección Desconcentrada INDECI ­ Cusco 5. Héctor Martín Delgado Layme ­ Dirección Desconcentrada INDECI ­ Cusco Artículo 2.- Los gastos que irroguen el cumplimiento de la presente Comisión de Servicios de Asistencia Técnica serán cubiertos con cargo a los recursos del Pliego Institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil, Meta 0068, de acuerdo al siguiente detalle:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.