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10 NORMAS LEGALES Martes 15 de agosto de 2017 / El Peruano participen en las actividades protocolares relacionadas con la conmemoración del 50º Aniversario de la creación del Área Marítima del Atlántico Sur – CAMAS, a realizarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 21 al 23 de agosto de 2017; así como, autorizar su salida del país el 20 y su retorno el 24 de agosto de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima–Buenos Aires (República Argentina)–Lima US$. 932.74 x 2 personas US$. 1,865.48 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 3 días US$. 2,220.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 4,085.48 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El O fi cial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1554229-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1111-2017 DE/MGP Lima, 10 de agosto de 2017Vista, la Carta G.500-3641 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 26 de julio de 2017; CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio Nº 30201700190 MD-DIMAR- SUBDEMAR-CIOH-ARHID, de fecha 19 de julio de 2017, el Director del Centro de Investigaciones Oceanográ fi cas e Hidrográ fi cas del Caribe (e) de la Dirección General Marítima (DIMAR) de la República de Colombia, ha cursado invitación al Director de Hidrografía y Navegación, para que DOS (2) representantes de la Marina de Guerra del Perú, participen en la Décimo Tercera Reunión de la Comisión Hidrográ fi ca Regional del Pací fi co Sudeste (CHRPSE XIII), a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 21 al 25 de agosto de 2017; Que, con O fi cio P.200-1318 de fecha 19 de julio de 2017, el Director Accidental de Hidrografía y Navegación propone al Capitán de Navío Fernando Enrique VEGAS Castañeda y al Capitán de Fragata Julio Ricardo VÍLCHEZ Moscoso, para que participen en la mencionada reunión, lo que permitirá diseñar esquemas para la cobertura de cartas internacionales a media y gran escala en nuestra región; así como, participar en los programas académicos que facilita el Comité de Construcción de Capacidades de la Organización Hidrográ fi ca Internacional (OHI); Que, de acuerdo con el documento Nº 127-2017 del Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina, ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Fernando Enrique VEGAS Castañeda, CIP. 00886695, DNI. 07745172 y del Capitán de Fragata Julio Ricardo VÍLCHEZ Moscoso, CIP. 00890923, DNI. 09382661, para que participen en la Décimo Tercera Reunión de la Comisión Hidrográ fi ca Regional del Pací fi co Sudeste (CHRPSE XIII), a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 21 al 25 de agosto de 2017; así como, autorizar su salida del país el 20 y su retorno el 26 de agosto de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa–Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima–Cartagena de Indias (República de Colombia)–LimaUS$. 1,035.01 x 2 personas US$. 2,070.02 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 5 días US$. 3,700.00 -------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 5,770.02 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El O fi cial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1554229-2