Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2017 (15/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Martes 15 de agosto de 2017 /

El Peruano

participen en las actividades protocolares relacionadas con la conmemoración del 50º Aniversario de la creación del Área Marítima del Atlántico Sur ­ CAMAS, a realizarse en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, del 21 al 23 de agosto de 2017; así como, autorizar su salida del país el 20 y su retorno el 24 de agosto de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima­Buenos Aires (República Argentina)­Lima US$. 932.74 x 2 personas US$. 1,865.48 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 3 días TOTAL A PAGAR: US$. 2,220.00 ------------------US$. 4,085.48

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1554229-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1111-2017 DE/MGP Lima, 10 de agosto de 2017 Vista, la Carta G.500-3641 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 26 de julio de 2017; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 30201700190 MD-DIMARSUBDEMAR-CIOH-ARHID, de fecha 19 de julio de 2017, el Director del Centro de Investigaciones Oceanográficas e Hidrográficas del Caribe (e) de la Dirección General Marítima (DIMAR) de la República de Colombia, ha cursado invitación al Director de Hidrografía y Navegación, para que DOS (2) representantes de la Marina de Guerra del Perú, participen en la Décimo Tercera Reunión de la Comisión Hidrográfica Regional del Pacífico Sudeste (CHRPSE XIII), a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 21 al 25 de agosto de 2017; Que, con Oficio P.200-1318 de fecha 19 de julio de 2017, el Director Accidental de Hidrografía y Navegación propone al Capitán de Navío Fernando Enrique VEGAS Castañeda y al Capitán de Fragata Julio Ricardo VÍLCHEZ Moscoso, para que participen en la mencionada reunión, lo que permitirá diseñar esquemas para la cobertura de cartas internacionales a media y gran escala en nuestra región; así como, participar en los programas académicos que facilita el Comité de Construcción de Capacidades de la Organización Hidrográfica Internacional (OHI); Que, de acuerdo con el documento Nº 127-2017 del Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina,

ningún organismo internacional cubrirá los costos del viaje; por lo que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2017 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después del evento, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío Fernando Enrique VEGAS Castañeda, CIP. 00886695, DNI. 07745172 y del Capitán de Fragata Julio Ricardo VÍLCHEZ Moscoso, CIP. 00890923, DNI. 09382661, para que participen en la Décimo Tercera Reunión de la Comisión Hidrográfica Regional del Pacífico Sudeste (CHRPSE XIII), a realizarse en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, del 21 al 25 de agosto de 2017; así como, autorizar su salida del país el 20 y su retorno el 26 de agosto de 2017. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa­Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima­Cartagena de Indias (República de Colombia)­Lima US$. 1,035.01 x 2 personas US$. 2,070.02 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 5 días TOTAL A PAGAR: US$. 3,700.00 -------------------US$. 5,770.02

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4.- El Oficial Superior designado más antiguo, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1554229-2

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