Norma Legal Oficial del día 16 de agosto del año 2017 (16/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano / Miércoles 16 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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actualizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal - CAP Provisional del Ministerio de Educación, en los términos señalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución, así como de su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe) el mismo día de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1554931-1

Aprueban Matriz de Indicadores y Metas de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Educación para el año 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 454-2017-MINEDU Lima, 15 de agosto de 2017 VISTOS, el Informe Nº 027-2017-MINEDU/SPEOPEP-UPP y el Oficio N° 348-2017-MINEDU/SPEOPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica; el Informe N° 282-2017-MINEDU/SG-OGAJ y el Memorándum N° 583-2017-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como una de las competencias exclusivas del Poder Ejecutivo, la de diseñar y supervisar políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007PCM y sus modificatorias, se definen y establecen las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, a fin que el conjunto de las instituciones y los funcionarios públicos impulsen transversalmente su promoción y ejecución, en adición al cumplimiento de las políticas sectoriales; Que, el artículo 3 del citado Decreto Supremo, dispone que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia. Dichas metas deben corresponder a los programas multianuales y a sus estrategias de inversión y gasto social asociadas, conforme a lo establecido por el Ministerio de Economía y Finanzas en coordinación con los demás Ministerios; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 064-2016PCM, se aprobó la Directiva Nº 001-2016-PCM-SC - "Lineamientos para la aprobación de Indicadores de Desempeño y Metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, y sus modificatorias; y, para la presentación de informes de evaluación"; la cual permite gestionar el proceso para la formulación y aprobación de indicadores de desempeño y metas para las Políticas Nacionales en el marco del referido Decreto

Supremo, así como para la elaboración y reporte de informes de evaluación semestral y anual; Que, de acuerdo al artículo 4 del Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, el Ministerio de Educación formula las políticas nacionales en materia de educación, deporte y recreación; y conforme al artículo 5 de la misma Ley, tiene entre sus atribuciones, desarrollar políticas que promuevan la capacitación, profesionalización y perfeccionamiento del Magisterio; en armonía con los planes del desarrollo y la política general del Estado; supervisar y evaluar el cumplimiento de las políticas, normatividad y actividades en materia de educación, deporte y recreación; Que, con Informe Nº 027-2017-MINEDU/SPE-OPEPUPP y Oficio N° 348-2017-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica señala que, en el marco de lo regulado por la normatividad vigente, en base a los compromisos sectoriales aprobados, los indicadores y metas del Plan Estratégico Sectorial Multianual ­ PESEM 2016-2021, aprobado con Resolución Ministerial N° 287-2016-MINEDU; y del Plan Operativo Institucional 2017 del Pliego 010: Ministerio de Educación, aprobado con Resolución Ministerial N° 086-2017-MINEDU, se ha elaborado la Matriz de Indicadores y Metas de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Educación para el año 2017, proponiendo su aprobación; Que, la aprobación de la Matriz de Indicadores y Metas de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Educación para el año 2017, permitirá la evaluación del cumplimiento de las mismas, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM y sus modificatorias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por Ley N° 26510; el Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional, y sus modificatorias; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Matriz de Indicadores y Metas Aprobar la Matriz de Indicadores y Metas de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Sector Educación para el año 2017, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- De los informes de evaluación semestral de los Indicadores y Metas La Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica es responsable de elaborar los informes de evaluación semestral de los Indicadores y Metas aprobados por la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. MARILÚ MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1554931-2

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